ITP y gastos de comprar una vivienda en la Comunitat Valenciana en 2026

La Comunitat Valenciana bajó el ITP del 10 % al 9 % el 1 de junio de 2026, y el AJD del 1,5 % al 1,4 %. Desde el 11 de agosto de 2026 la escritura de compra de cualquier vivienda habitual nueva paga solo un 0,1 % de AJD.

Un piso de 200.000 € en la Comunitat Valenciana
ITP general de segunda mano9 % hasta 1.000.000 €; 11 % si pasa de 1.000.000 € (sobre todo el valor)
ITP de un piso usado de 200.000 €, vivienda habitual18.000,00 €
Impuestos si es nuevo (IVA y AJD)20.200,00 €
Dinero que necesitas ahorrado (usado, con hipoteca)59.255,15 € a 59.850,19 €

Sin tipos reducidos por edad, familia o discapacidad: los ves abajo. Calculado con la normativa vigente a 19 de octubre de 2026.

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Tipos del ITP en la Comunitat Valenciana en 2026 (segunda mano)

El tipo general es 9 % hasta 1.000.000 €; 11 % si pasa de 1.000.000 € (sobre todo el valor) (art. 13.Uno). Estos son los tipos reducidos y bonificaciones, con lo que pagaría un piso de 200.000 € si cumples cada uno:

Para quiénTipoRequisitosCon 200.000 €
Menores de 35 años, primera vivienda6 % hasta 180.000 €; 8 % si vale másMenos de 35 años, primera vivienda habitual y bases liquidables de hasta 30.000 € (47.000 € en conjunta): 6 % hasta 180.000 € de valor y 8 % si vale más. (art. 13.Tres.1 y Dos.2)16.000,00 €
Vivienda de protección oficial de régimen general6 % hasta 180.000 €; 8 % si vale másVPO de régimen general que será tu vivienda habitual: 6 % hasta 180.000 € y 8 % por encima. (art. 13.Tres.2 y Dos.1)16.000,00 €
Familia numerosa3 % hasta 180.000 €; 4 % si vale másFamilia numerosa con los límites de renta del art. 4.4: 3 % hasta 180.000 € y 4 % por encima. (art. 13.Cinco.2 y Cuatro.1.2)8.000,00 €
Familia monoparental3 % hasta 180.000 €; 4 % si vale másFamilia monoparental con los mismos límites: 3 % hasta 180.000 € y 4 % por encima. (art. 13.Cinco.2 y Cuatro.1.2)8.000,00 €
Discapacidad3 % hasta 180.000 €; 4 % si vale másDiscapacidad del 65 % o más, o intelectual o mental del 33 % o más, en la parte que compre esa persona: 3 % hasta 180.000 € y 4 % por encima. (art. 13.Cinco.3 y Cuatro.1.3)8.000,00 €
Mujeres víctimas de violencia de género3 % hasta 180.000 €; 4 % si vale másVíctima de violencia de género acreditada según la Ley 7/2012: 3 % hasta 180.000 € y 4 % por encima. (art. 13.Cinco.4 y Cuatro.1.4)8.000,00 €
VPO de régimen especial3 % hasta 180.000 €; 4 % si vale másVPO de régimen especial que será tu vivienda habitual: 3 % hasta 180.000 € y 4 % por encima. (art. 13.Cinco.1 y Cuatro.1.1)8.000,00 €

La base es el precio o el valor de referencia del Catastro si es mayor.

Vivienda nueva en la Comunitat Valenciana: IVA y AJD

La primera venta del promotor paga IVA: el 10 % del precio, o el 4 % si es vivienda protegida de régimen especial o de promoción pública. Además, la escritura paga el AJD en la Comunitat Valenciana: 1,4 % (art. 14.Cuatro).

AJD reducidoTipoRequisitosCon 200.000 €
Vivienda habitual0,1 %Escritura de compra de tu vivienda habitual (desde el 11-8-2026, sin requisitos de edad ni de renta). (art. 14.Uno.a)200,00 €
Piso nuevo de 200.000 €, vivienda habitual
IVA (10 %)20.000,00 €
AJD (vivienda habitual)200,00 €
Total impuestos20.200,00 €

Frente a los 18.000,00 € de ITP del mismo piso usado, el nuevo paga 2.200,00 € más de impuestos.

Cuánto necesitas ahorrado para un piso de 200.000 €

Segunda mano, vivienda habitual, sin tipos reducidos y con una hipoteca del 80 %:

ITP18.000,00 €
Notaría541,10 € a 664,73 €
Registro214,05 € a 235,46 €
Gestoría y tasación (orientativo)500 € a 950 €
Total de gastos19.255,15 € a 19.850,19 €
Entrada del 20 %40.000,00 €
Dinero que necesitas ahorrado59.255,15 € a 59.850,19 €

Los gastos de la hipoteca, salvo la tasación, los paga el banco (Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, art. 14.1.e)). Notaría y registro: arancel oficial con IVA; la horquilla sale de los folios de la escritura y de las notas del registro.

Lo que conviene saber en la Comunitat Valenciana

Norma y fuente

Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del IRPF y restantes tributos cedidos, modificada por la Ley 5/2025, de 30 de mayo, y la Ley 5/2026, de 31 de julio.

Cómo lo hemos comprobado: Arts. 4.4, 13 y 14 en el texto consolidado (Iberley, act. 15-08-2026); el 9 % y el 1,4 % (desde el 1-6-2026, Ley 5/2025, BOE-A-2025-11959) y el 0,1 % de AJD para toda vivienda habitual (desde el 11-8-2026, Ley 5/2026, DOGV 10-8-2026) contrastados con los resúmenes de Garrigues. Verificado el 19/10/2026; lo revisaremos el 1 de enero de 2027.

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