¿Cuánto me corresponde de indemnización por despido?

Elige cómo ha terminado tu contrato, pon las fechas y tu sueldo y te decimos la indemnización que marca la ley, cómo sale y cuánto paga de IRPF. Solo la indemnización: lo pendiente (vacaciones, pagas, días del mes) va en el finiquito. El cálculo se hace en tu navegador.

Bruto, antes de IRPF y Seguridad Social, con complementos fijos.

Para ver cuánto tributa si te ofrecen más que el mínimo legal (en un ERE, por ejemplo). Vacío: la cifra de la ley.

Es el mínimo que marca la ley, en bruto. Tu convenio o un acuerdo pueden darte más, y lo que decida un juez manda. Antes de firmar nada, revísalo con un abogado laboralista, un graduado social o tu sindicato.

Cuánto se paga en cada caso

Cómo terminaDías por añoMáximoNorma
Despido improcedente33, por meses24 mensualidadesArt. 56.1 ET
Improcedente, contrato anterior al 12/02/201245 hasta esa fecha y 33 después720 días, o el primer tramo hasta 42 mensualidadesDT 11.ª ET
Despido objetivo procedente20, por meses12 mensualidadesArt. 53.1.b ET
Despido colectivo (ERE)20 como mínimo12 mensualidades (mínimo)Arts. 51.4 y 53.1 ET
Fin de contrato temporal12, por díasSin topeArt. 49.1.c ET
Fijo discontinuoLos del despido, por días trabajadosLos del despidoSTS 442/2025
Hogar: desistimiento12, por meses6 mensualidadesArt. 11.2 RD 1620/2011
Despido disciplinario procedente0—Art. 55.7 ET

Fin de contrato temporal: 12 días en los contratos firmados desde el 01/01/2015; los anteriores tienen 11 desde el 01/01/2014, 10 desde el 01/01/2013, 9 desde el 01/01/2012, 8 desde el 04/03/2001 (disposición transitoria 8.ª del Estatuto). Formativos y de sustitución: ninguna.

Cómo se calcula

  • El salario de un día. El bruto anual con las pagas extra, dividido entre 365. Es el criterio del Tribunal Supremo para el despido (STS de 30 de junio de 2008, rcud 2639/2007, y de 24 de enero de 2011, rcud 2018/2010) y el de la calculadora del Consejo General del Poder Judicial. En un año bisiesto también se divide entre 365, no entre 366: el Supremo lo dijo en la sentencia de 27 de febrero de 2020 (rec. 3230/2017), y la calculadora del CGPJ, que antes usaba 366, lo aplica desde 2020. Si cobras 2.000 € al mes en 14 pagas, son 28.000 € al año y 76,71 € al día.
  • El tiempo trabajado. Del día de alta al de baja, los dos incluidos. En los despidos, lo que no llega a un año se reparte por meses («prorrateándose por meses», dicen los arts. 53.1.b y 56.1 del Estatuto) y un mes empezado cuenta entero, como ha dicho el Supremo (STS de 20 de julio de 2009, rcud 2398/2008). 8 años, 7 meses y 11 días se pagan como 8 años y 8 meses.
  • Los días. Los días por año multiplicados por los años, más su doceava parte por cada mes: en el improcedente, 33 por año y 2,75 por mes; en el objetivo, 20 por año y 1,67 por mes. En el fin de contrato temporal, por días: 12 × días trabajados ÷ 365.
  • El tope. En mensualidades de 30 días de salario: 12 mensualidades son 360 días y 24 son 720.
  • Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012. En el despido improcedente, dos tramos calculados por separado, a 45 y a 33 días. Si el primero no pasa de 720 días, el total tampoco; si los pasa, ese es el importe y en ningún caso más de 42 mensualidades.

Puedes cambiar el salario de un día a «mensual ÷ 30», que es lo que usan muchas nóminas y nuestra calculadora de finiquito. Da algo más (un año de 360 días en vez de 365), y algunos juzgados lo aceptan, pero la regla del Supremo es la de 365.

Un ejemplo

Entraste el 5 de marzo de 2018, te despiden el 15 de octubre de 2026 y cobras 2.000 € brutos al mes en 14 pagas. Son 8 años, 7 meses y 11 días: se cuentan 8 años y 8 meses. Si el despido es improcedente, 33 × 8 + 2,75 × 8 = 286 días de salario, 21.939,73 €. Si es un objetivo procedente, 20 días por año: 13.296,80 €.

Despido improcedente · 2018 a 2026 · 28.000 € al año
Salario bruto anual28.000,00 €
Salario diario76,71 € (anual ÷ 365)
Antigüedad8 años, 7 meses y 11 días
Se cuentan8 años y 8 meses
Días por año33
Días de indemnización286
Tope (24 mensualidades)55.232,88 € · no se llega
Indemnización21.939,73 €
Exento de IRPF21.939,73 €
Tributa como sueldo0,00 €

Con un contrato del 12 de mayo de 2008 y el mismo despido, con 2.300 € en 14 pagas, el tiempo de antes del 12 de febrero de 2012 (3 años y 9 meses) va a 45 días y el de después (14 años y 9 meses) a 33. Suman 655,5 días, menos de 720, así que se pagan enteros: 57.827,67 €.

Despido improcedente · contrato de 2008 · 32.200 € al año
Salario bruto anual32.200,00 €
Salario diario88,22 € (anual ÷ 365)
Antigüedad18 años, 5 meses y 4 días
Hasta el 11/02/2012: 3 años y 9 meses a 45 días = 168,75 días14.886,99 €
Desde el 12/02/2012: 14 años y 9 meses a 33 días = 486,75 días42.940,68 €
Días de indemnización655,5
Cómo se juntanSe suman los dos
Indemnización57.827,67 €
Exento de IRPF57.827,67 €
Tributa como sueldo0,00 €

Cuánto paga de IRPF

La indemnización por despido está exenta de IRPF en la cuantía que la ley marca como obligatoria, y como mucho 180.000,00 € (art. 7.e de la Ley del IRPF). Lo que se pacta por encima, en convenio, contrato o acuerdo, tributa. En concreto:

  • Improcedente: exenta si la improcedencia la declara un juez o la reconoce la empresa en la conciliación ante el servicio de mediación. Si la empresa te paga 33 días por un acuerdo privado, Hacienda puede hacer tributar lo que pase de la indemnización que te tocaba por la causa de la carta.
  • ERE y objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción: exento todo lo que cobres hasta lo que habría sido un despido improcedente, aunque te paguen más de 20 días.
  • Objetivo por ineptitud o falta de adaptación: solo los 20 días por año obligatorios.
  • Fin de contrato temporal: tributa entera. La Dirección General de Tributos dice que no es un despido sino el final normal del contrato (consulta V1088-26, de 18 de mayo de 2026), aunque algún tribunal no lo ve así.
  • Lo que tributa va a tu base como sueldo, con una reducción del 30 % si llevabas más de 2 años (art. 18.2 de la Ley del IRPF).
  • Ojo con volver: si en los 3 años siguientes trabajas otra vez para la misma empresa o una vinculada, Hacienda presume que no hubo una salida real y la exención puede caer (art. 1 del Reglamento del IRPF).

Errores frecuentes y lo que no calcula

  • Usar el sueldo neto. Siempre el bruto anual, con las pagas extra y los complementos fijos. Las horas extra y los pluses que se cobran a veces cuentan si son habituales; pon la media.
  • Contar solo los años enteros. Los meses sueltos también se pagan, y un mes empezado cuenta como uno entero.
  • Confundir indemnización y finiquito. El finiquito (sueldo del mes, vacaciones, pagas) se cobra siempre, también en un despido disciplinario. Para calcularlo, la calculadora de finiquito.
  • Esperar salarios de tramitación con la indemnización. Desde 2012 solo se cobran si te readmiten.
  • No calcula el despido nulo (readmisión y salarios de tramitación), las mejoras de convenio, el despido de altos directivos ni los contratos de fomento de la contratación indefinida anteriores a 2012.

¿Hay una reforma del despido?

A 19 de octubre de 2026 no hay ninguna reforma de la indemnización por despido publicada en el BOE. El Ministerio de Trabajo ha anunciado que quiere cambiarla, después de que el Comité Europeo de Derechos Sociales dijera que la española no repara el daño en todos los casos, pero no hay un texto aprobado. Mientras tanto, el Supremo (Pleno, 16 de julio de 2025) ha dicho que los jueces no pueden subirla por su cuenta. Si se aprueba, actualizaremos la calculadora.

Cada caso, con sus reglas y ejemplos

¿Cuánto me corresponde por un despido improcedente? Treinta y tres días de salario por cada año trabajado, contando también los meses sueltos, con un máximo de 24 mensualidades. Si tu contrato empezó antes del 12 de febrero de 2012, el tiempo anterior se paga a 45 días. ¿Cuánto me pagan por un despido objetivo? Veinte días de salario por año trabajado, prorrateando los meses, con un máximo de 12 mensualidades. La empresa tiene que darte la carta con la causa, 15 días de preaviso y la indemnización a la vez. ¿Cuánto me pagan en un ERE? Como mínimo, 20 días de salario por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades, lo mismo que un despido objetivo. En la práctica se suele pactar más, y lo que se pacte está exento de IRPF hasta lo que habría sido un despido improcedente. ¿Cuánto me pagan al acabar un contrato temporal? Doce días de salario por año trabajado, en proporción a los días que has estado contratado. Los contratos formativos y los de sustitución no la tienen. ¿Qué indemnización tiene un fijo discontinuo si le despiden? La misma que cualquier despido (33 días por año si es improcedente, 20 si es objetivo), pero contando solo el tiempo que has trabajado de verdad, no los meses de parón entre temporadas. Así lo dice el Supremo, también en 2025. ¿Qué indemnización tiene una empleada de hogar si la despiden? Depende de cómo termine. Si la familia desiste del contrato por una de las causas de la ley, 12 días de salario por año con un máximo de 6 mensualidades. Si es un despido y resulta improcedente, 33 días por año, como en cualquier trabajo. ¿Cómo se calcula el despido improcedente si mi contrato es anterior a 2012? En dos tramos: 45 días por año por el tiempo trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde el 12 de febrero de 2012. El total no puede pasar de 720 días de salario, salvo que el primer tramo ya los pasara. ¿Un despido disciplinario tiene indemnización? Si es procedente, no: la ley lo convalida sin indemnización ni salarios de tramitación. Pero sí cobras el finiquito, tienes derecho al paro y, si la empresa no puede probar lo que dice la carta, pasa a ser improcedente y se paga a 33 días por año.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?

33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores). Lo que no llega a un año se paga por meses, y un mes empezado cuenta entero. Por ejemplo, con 28.000 € brutos al año, del 5 de marzo de 2018 al 15 de octubre de 2026 (8 años, 7 meses y 11 días, que cuentan como 8 años y 8 meses) son 286 días de salario: 21.939,73 €.

¿Cómo se calcula si mi contrato es anterior al 12 de febrero de 2012?

En dos tramos: 45 días por año hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 días por año desde el 12. Si el primer tramo no pasa de 720 días de salario, el total tampoco puede pasar de 720; si ya los pasa, ese es el importe, con un máximo de 42 mensualidades (disposición transitoria 11.ª del Estatuto y STS de 18 de febrero de 2016). Con alta el 12 de mayo de 2008, baja el 15 de octubre de 2026 y 32.200 € al año salen 168,75 y 486,75 días: 655,5 días, 57.827,67 €.

¿Cuánto me pagan por un despido objetivo?

20 días de salario por año trabajado, prorrateando los meses, con un máximo de 12 mensualidades (art. 53.1.b del Estatuto), más 15 días de preaviso o su salario. Con 23.800 € brutos al año, del 1 de septiembre de 2021 al 31 de octubre de 2026 (5 años y 2 meses) son 103,33 días: 6.737,90 €. Si el juez lo declara improcedente, sube a 33 días por año: 11.117,53 €. En un ERE el mínimo legal es el mismo, y el acuerdo puede mejorarlo.

¿Cuánto me pagan al acabar un contrato temporal?

12 días de salario por año trabajado, en proporción a los días y no por meses (art. 49.1.c del Estatuto): un contrato de 183 días con 22.400 € al año da 6,02 días de salario, 369,23 €. Los contratos firmados antes de 2015 tienen de 8 a 11 días según el año. Los formativos y los de sustitución no tienen indemnización. Hacienda considera que tributa en el IRPF (consulta V1088-26).

¿Qué indemnización tiene un fijo discontinuo?

La de cualquier despido, pero contando solo el tiempo trabajado de verdad, sin los meses de parón (STS 730/2020 y 442/2025), aunque el art. 16.6 del Estatuto diga que la antigüedad cuenta toda la relación. Con 2.450 días trabajados desde abril de 2015 (81 meses) y 1.750 € al mes en 14 pagas, un despido improcedente son 222,75 días: 14.951,71 €. Contando toda la relación desde el alta saldrían 25.657,88 €.

¿Tengo que pagar IRPF por la indemnización por despido?

No, hasta lo que marca la ley como obligatorio y hasta 180.000 € (art. 7.e de la Ley del IRPF). En el improcedente hace falta que se reconozca en la conciliación ante el servicio de mediación o lo diga un juez. En un ERE y en el despido objetivo por causas económicas, organizativas o de producción está exento hasta lo que sería el improcedente. El fin de contrato temporal tributa. Lo que tributa se reduce un 30 % si llevabas más de dos años.

Herramientas relacionadas

Fuentes

Jurisprudencia: STS de 18 de febrero de 2016 (rcud 3257/2014) para los dos tramos; STS 730/2020 y 442/2025 para los fijos discontinuos; STS de 30 de junio de 2008 (rcud 2639/2007), 24 de enero de 2011 (rcud 2018/2010) y 27 de febrero de 2020 (rec. 3230/2017) para el salario diario. Verificado el 19/10/2026.