¿Cuándo prescribe el alquiler impagado?

Cada mensualidad prescribe a los cinco años de su vencimiento. Las rentas más antiguas van cayendo una a una aunque el inquilino siga debiendo las recientes.

Alquiler impagado
Prescribe a los5 años
DesdeVencimiento de esa mensualidad
NormaArt. 1966.2ª del Código Civil

Cinco años para cada mensualidad, desde el día en que había que pagarla (art. 1966.2ª del Código Civil). Cada mes prescribe por separado: las rentas más antiguas van cayendo aunque las recientes sigan vivas.

Calcula la fecha con tu caso

Un ejemplo con fechas reales

La mensualidad de enero de 2022 vencía el 5 de enero de 2022 y no se pagó. Son 5 años (art. 1966.2ª del Código Civil) desde el 5 de enero de 2022. El último día para reclamar es el martes 5 de enero de 2027, y desde el miércoles 6 de enero de 2027 ha prescrito, salvo que antes se haya reclamado o reconocido.

Alquiler impagado · 5 años
Último día para reclamarmartes 5 de enero de 2027
Prescribe elmiércoles 6 de enero de 2027
Cuenta desde elmiércoles 5 de enero de 2022
De fecha a fechamartes 5 de enero de 2027

El casero manda un burofax reclamando esa mensualidad, y el inquilino lo recibe el 1 de octubre de 2026. Esa interrupción pone el contador a cero: los 5 años vuelven a empezar desde el 1 de octubre de 2026. El último día para reclamar es el miércoles 1 de octubre de 2031, y desde el jueves 2 de octubre de 2031 ha prescrito, salvo que antes se haya reclamado o reconocido.

Alquiler impagado · 5 años
Último día para reclamarmiércoles 1 de octubre de 2031
Prescribe eljueves 2 de octubre de 2031
Cuenta desde la interrupción deljueves 1 de octubre de 2026
De fecha a fechamiércoles 1 de octubre de 2031

Fechas de fecha a fecha, sin alargar por festivos (art. 5 del Código Civil). Si hubo una reclamación o un pago después, cuenta desde ese día.

Cinco años por cada mes

El art. 1966.2ª del Código Civil da cinco años para reclamar el precio de los arrendamientos, de fincas urbanas o rústicas. No es un plazo único para toda la deuda: cada mensualidad tiene el suyo, que empieza el día en que había que pagarla según el contrato.

Este plazo no cambió con la reforma de 2015, porque no es el general del art. 1964 sino uno especial. Una renta de 2014 también prescribía a los cinco años.

Cómo se interrumpe

Igual que cualquier deuda civil (art. 1973): con la demanda de desahucio o de reclamación de rentas, con un burofax del casero que el inquilino reciba, o con un reconocimiento del inquilino, como pagar una parte o pedir tiempo para ponerse al día. Desde la interrupción, los cinco años de las mensualidades reclamadas vuelven a empezar.

Conviene que la reclamación detalle los meses que se deben. Una carta genérica deja la duda de qué mensualidades se interrumpieron.

El caso del inquilino que se va

Si el inquilino deja el piso debiendo varios meses, el plazo de cada uno sigue corriendo desde su vencimiento, no desde que entregó las llaves. Si el casero tarda, por ejemplo, cinco años y tres meses en reclamar, ya no puede pedir los tres meses más antiguos si el inquilino alega la prescripción.

Qué interrumpe la prescripción

Cualquier reclamación vuelve a poner el contador a cero. Después de cada interrupción el plazo entero vuelve a empezar desde ese día, no sigue contando lo que faltaba (art. 1973 del Código Civil).

Esto es el plazo para reclamar las rentas. La fianza, los daños en el piso o los suministros que pague el casero tienen sus propias reglas.

Errores frecuentes

Esto no es asesoramiento jurídico. Los plazos salen de la ley y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, pero cada caso tiene matices: si te juegas dinero, consulta con un abogado o con una asociación de consumidores antes de dar nada por prescrito.

Otros plazos de prescripción

¿Cuándo prescribe una deuda de tarjeta de crédito o un préstamo? A los cinco años desde que se puede exigir el pago, si en ese tiempo nadie la reclama ni la reconoces. Vale también para préstamos personales, microcréditos y deudas entre particulares. ¿Cuándo prescribe una deuda con la comunidad de propietarios? Cada cuota prescribe a los cinco años de su vencimiento. Lo fijó el Tribunal Supremo en 2020 y lo ha repetido desde entonces. ¿Cuándo prescribe una factura de la luz, del agua o de un profesional? A los tres años en la mayoría de los casos de un particular: compras a un comercio, suministros de luz, agua o gas y honorarios de profesionales. Lo que cambia es desde cuándo se cuenta. ¿Cuándo prescribe una deuda con Hacienda? A los cuatro años. Para revisar una declaración, desde el día siguiente al final del plazo para presentarla; para cobrar una deuda ya notificada, desde que acabó el plazo de pago voluntario. ¿Cuándo prescriben las deudas con la Seguridad Social? Las cuotas prescriben a los cuatro años, contados desde que acaba el plazo para pagarlas. Cualquier reclamación de la Tesorería que recibas reinicia la cuenta. ¿Cuándo prescribe una multa de tráfico? Si no te la han notificado, a los tres meses las leves y a los seis las graves y muy graves, desde el día de los hechos. Si ya es firme y no la has pagado, a los cuatro años. ¿Cuándo prescribe una multa del ayuntamiento u otra sanción administrativa? Primero manda la ley que regula esa multa. Si no fija plazos, las infracciones prescriben a los seis meses, dos o tres años según su gravedad, y las sanciones ya impuestas al año, a los dos o a los tres. ¿Cuándo prescribe la deuda de una hipoteca? El banco tiene veinte años para ejecutar la hipoteca desde que puede hacerlo, y cinco para reclamarte la deuda con el resto de tu patrimonio. ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar daños y perjuicios? Un año desde que supiste del daño, si no viene de un contrato. Es el plazo más corto del Código Civil y el que más reclamaciones deja fuera.

Para cualquier otra deuda o multa, o para contar desde tu fecha, usa la calculadora de prescripción.

También te puede servir: calculadora de días entre fechas.

Norma: Art. 1966.2ª del Código Civil. Fuente: textos consolidados del BOE. Verificado el 14/10/2026.