¿Cuánto pierdes con la jubilación anticipada?

Pon tu fecha de nacimiento, los años que tendrás cotizados y cuándo quieres jubilarte. Te decimos si cumples los requisitos, cuántos meses adelantas, qué coeficiente reductor te toca y, con tu base reguladora, la pensión que te quedaría.

Los años cotizados exactos están en tu informe de vida laboral y la base reguladora, en el simulador de jubilación de la Seguridad Social. Cuenta la cotización efectiva: sin la parte de las pagas extra y con el servicio militar o la prestación social sustitutoria hasta un año.

Cómo se calcula lo que pierdes

  1. Requisitos. La voluntaria pide 35 años de cotización efectiva y permite adelantar hasta 2 años (art. 208 de la LGSS). La involuntaria pide 33 años, un despido o cese no voluntario y 6 meses inscrito como demandante de empleo, y permite hasta 4 años (art. 207). Esos años se cuentan desde la edad ordinaria que te tocaría ese día con lo que llevas cotizado: desde 2027, 65 años si llevas 38 años y 6 meses o más y 67 años si no.
  2. Meses de adelanto. Para la reducción la ley no usa esa edad, sino la que tendrías si siguieras cotizando hasta la ordinaria (art. 208.2). Si a los 63 llevas 36 años cotizados, siguiendo llegarías a 38 años y 6 meses a los 65 años y 6 meses, y esa es tu edad de referencia: adelantas 30 meses, no 48. Cada fracción de mes cuenta como un mes entero.
  3. Coeficiente. Con los meses y tus años cotizados al jubilarte (en períodos completos), la tabla de la ley da el porcentaje total de reducción. Hay cuatro columnas: menos de 38 años y 6 meses; de 38 años y 6 meses a 41 años y 5 meses; de 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses; 44 años y 6 meses o más.
  4. Pensión. La reducción se aplica a tu base reguladora multiplicada por el porcentaje que te dan tus años cotizados (art. 210.3). Si esa cantidad pasa de la pensión máxima (3.359,60 € al mes en 2026), se aplica sobre la máxima, con las reglas que ves más abajo.

La reducción es para siempre: no se recupera al cumplir la edad ordinaria. Y en la voluntaria hay un último requisito: la pensión que te quede tiene que superar la mínima que te correspondería a los 65 años (art. 208.1.c).

Un ejemplo: 63 años y 36 cotizados, despedido

Una persona nacida en marzo de 1964, con 36 años cotizados a los 63 (marzo de 2027) y una base reguladora de 2.200,00 €:

Edad ordinaria si siguiera cotizando65 años y 6 meses (llegaría a 38 años y 6 meses cotizados)
Meses de adelanto a los 6330
Involuntaria: reducción (menos de 38 años y 6 meses)18,75 %
Porcentaje por 36 años cotizados en 202797,84 %
Pensión sin reducir2.152,48 €
Pensión con la involuntaria a los 631.748,89 € al mes, 14 pagas
VoluntariaNo a los 63: como pronto a los 65 años, con 6 meses de adelanto y un 4,00 %: 2.112,00 €
Sin anticipar (65 años y 6 meses)100 %: 2.200,00 €

Con 36 años la voluntaria no se puede coger a los 63: quien no llega a 38 años y 6 meses tiene como referencia los 67 años, y la voluntaria solo adelanta 2 años. A los 65 ya sí, y entonces solo faltan 6 meses para su edad ordinaria. El despido, en cambio, le deja jubilarse a los 63 perdiendo un 18,75 % para siempre: 403,59 € al mes.

Coeficientes reductores de la voluntaria

Reducción total de la pensión según los meses que adelantas y tus años cotizados (art. 208.2 de la LGSS, en la redacción de la Ley 21/2021). Valen igual en 2026 y en 2027: la tabla no cambia con los años.

MesesMenos de 38 años y 6 mesesDe 38 años y 6 meses a 41 años y 5 mesesDe 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses44 años y 6 meses o más
2421,00 %19,00 %17,00 %13,00 %
2317,60 %16,50 %15,00 %12,00 %
2214,67 %14,00 %13,33 %11,00 %
2112,57 %12,00 %11,43 %10,00 %
2011,00 %10,50 %10,00 %9,20 %
199,78 %9,33 %8,89 %8,40 %
188,80 %8,40 %8,00 %7,60 %
178,00 %7,64 %7,27 %6,91 %
167,33 %7,00 %6,67 %6,33 %
156,77 %6,46 %6,15 %5,85 %
146,29 %6,00 %5,71 %5,43 %
135,87 %5,60 %5,33 %5,07 %
125,50 %5,25 %5,00 %4,75 %
115,18 %4,94 %4,71 %4,47 %
104,89 %4,67 %4,44 %4,22 %
94,63 %4,42 %4,21 %4,00 %
84,40 %4,20 %4,00 %3,80 %
74,19 %4,00 %3,81 %3,62 %
64,00 %3,82 %3,64 %3,45 %
53,83 %3,65 %3,48 %3,30 %
43,67 %3,50 %3,33 %3,17 %
33,52 %3,36 %3,20 %3,04 %
23,38 %3,23 %3,08 %2,92 %
13,26 %3,11 %2,96 %2,81 %

El primer mes es el que más pesa: adelantar uno solo ya cuesta entre un 2,81 % y un 3,26 %, y los dos últimos meses del máximo suben la reducción a saltos. Por eso compensa mirar cuántos meses te faltan de verdad antes de elegir la fecha.

Coeficientes de la involuntaria

En la involuntaria (art. 207.2) la reducción es prácticamente igual que en la voluntaria entre 7 y 21 meses, más suave en el resto, y llega hasta los 48 meses: con el máximo, del 24,00 % al 30,00 %; con 24 meses, del 12,00 % al 15,00 %; y con 12, del 4,75 % al 5,50 %.

Ver la tabla completa de 48 meses
MesesMenos de 38 años y 6 mesesDe 38 años y 6 meses a 41 años y 5 mesesDe 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses44 años y 6 meses o más
4830,00 %28,00 %26,00 %24,00 %
4729,38 %27,42 %25,46 %23,50 %
4628,75 %26,83 %24,92 %23,00 %
4528,13 %26,25 %24,38 %22,50 %
4427,50 %25,67 %23,83 %22,00 %
4326,88 %25,08 %23,29 %21,50 %
4226,25 %24,50 %22,75 %21,00 %
4125,63 %23,92 %22,21 %20,50 %
4025,00 %23,33 %21,67 %20,00 %
3924,38 %22,75 %21,13 %19,50 %
3823,75 %22,17 %20,58 %19,00 %
3723,13 %21,58 %20,04 %18,50 %
3622,50 %21,00 %19,50 %18,00 %
3521,88 %20,42 %18,96 %17,50 %
3421,25 %19,83 %18,42 %17,00 %
3320,63 %19,25 %17,88 %16,50 %
3220,00 %18,67 %17,33 %16,00 %
3119,38 %18,08 %16,79 %15,50 %
3018,75 %17,50 %16,25 %15,00 %
2918,13 %16,92 %15,71 %14,50 %
2817,50 %16,33 %15,17 %14,00 %
2716,88 %15,75 %14,63 %13,50 %
2616,25 %15,17 %14,08 %13,00 %
2515,63 %14,58 %13,54 %12,50 %
2415,00 %14,00 %13,00 %12,00 %
2314,38 %13,42 %12,46 %11,50 %
2213,75 %12,83 %11,92 %11,00 %
2112,57 %12,00 %11,38 %10,00 %
2011,00 %10,50 %10,00 %9,20 %
199,78 %9,33 %8,89 %8,40 %
188,80 %8,40 %8,00 %7,60 %
178,00 %7,64 %7,27 %6,91 %
167,33 %7,00 %6,67 %6,33 %
156,77 %6,46 %6,15 %5,85 %
146,29 %6,00 %5,71 %5,43 %
135,87 %5,60 %5,33 %5,07 %
125,50 %5,25 %5,00 %4,75 %
115,18 %4,94 %4,71 %4,47 %
104,89 %4,67 %4,44 %4,22 %
94,63 %4,42 %4,21 %4,00 %
84,40 %4,20 %4,00 %3,80 %
74,19 %4,00 %3,81 %3,62 %
63,75 %3,50 %3,25 %3,00 %
53,13 %2,92 %2,71 %2,50 %
42,50 %2,33 %2,17 %2,00 %
31,88 %1,75 %1,63 %1,50 %
21,25 %1,17 %1,08 %1,00 %
10,63 %0,58 %0,54 %0,50 %

Si tu pensión pasa de la máxima

Con una base alta, tu base reguladora por el porcentaje de tus años cotizados puede pasar de la pensión máxima (3.359,60 € al mes en 2026, Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo). Entonces la reducción no se aplica a tu pensión, sino a la máxima:

  • Voluntaria (art. 210.3 y disposición transitoria 34ª). Hasta 2033 se usa una tabla más suave que sube cada año, y desde 2034 la general de arriba.
  • Involuntaria (art. 210.4). Se aplica la tabla general a tu pensión, pero el resultado no puede pasar de la máxima rebajada un 0,50 % por cada trimestre o fracción de adelanto: con 48 meses, un 8,00 %, 3.090,83 €.

Reducción sobre la máxima en la voluntaria (2026 / 2027):

MesesMenos de 38 años y 6 mesesDe 38 años y 6 meses a 41 años y 5 mesesDe 41 años y 6 meses a 44 años y 5 meses44 años y 6 meses o más
24 9,10 / 10,80 % 8,50 / 10,00 % 7,90 / 9,20 % 6,70 / 7,60 %
18 4,74 / 5,32 % 4,62 / 5,16 % 4,50 / 5,00 % 4,38 / 4,84 %
12 3,05 / 3,40 % 2,98 / 3,30 % 2,90 / 3,20 % 2,83 / 3,10 %
6 1,90 / 2,20 % 1,85 / 2,13 % 1,79 / 2,06 % 1,74 / 1,98 %
1 1,33 / 1,60 % 1,28 / 1,54 % 1,24 / 1,48 % 1,19 / 1,42 %

Con 24 meses de adelanto y menos de 38 años y 6 meses cotizados, la pensión se queda en 3.053,88 € en 2026, frente a 2.654,08 € con la tabla general.

Esta tabla se aplica «en la medida en que la evolución de la pensión máxima del sistema absorba completamente el efecto del aumento» de los coeficientes (disposición transitoria 34ª.1). En 2026 la Seguridad Social dejó de aplicarla el 1 de enero y, tras las protestas, volvió a ella por una resolución de 24 de marzo con efectos desde el 1 de enero. La calculadora usa la columna del año en que te jubilas y te enseña también el resultado con la tabla general.

Edad mínima en 2026 y en 2027

Te jubilas enVoluntariaInvoluntaria
2026 63 años con 38 años y 3 meses cotizados; si no, 64 años y 10 meses 61 años con 38 años y 3 meses cotizados; si no, 62 años y 10 meses
2027 y después 63 años con 38 años y 6 meses cotizados; si no, 65 años 61 años con 38 años y 6 meses cotizados; si no, 63 años

Cuenta el año en que te jubilas y lo que llevas cotizado ese día. Ojo con el cambio de año: quien en diciembre de 2026 todavía puede, en enero de 2027 puede dejar de poder hasta que cumpla la edad nueva.

Pensión mínima: el requisito de la voluntaria

En la voluntaria, la pensión que te quede después de la reducción tiene que ser mayor que la pensión mínima que te correspondería a los 65 años por tu situación familiar (art. 208.1.c de la LGSS). Si no la supera, no puedes jubilarte por esta vía. En la involuntaria no hay ese requisito: si tu pensión queda por debajo de la mínima, la Seguridad Social te paga la diferencia (complemento a mínimos) siempre que tus otros ingresos no pasen del límite del año.

Pensión mínima de jubilación en 202665 años o másMenos de 65
Sin cónyuge936,20 €875,90 €
Con cónyuge a cargo1.256,60 €1.256,60 €
Con cónyuge no a cargo888,70 €827,90 €

Al mes, en 14 pagas (Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo, anexo I). La primera columna es la que cuenta para el requisito de la voluntaria; la segunda, la que cobrarías con complemento a mínimos en la involuntaria antes de cumplir 65.

Jubilarse a los 61, 62, 63, 64 o 65: cuánto pierdes

Para cada edad, quién puede jubilarse, cuántos meses adelanta y qué reducción le toca según sus años cotizados, con ejemplos:

Errores frecuentes y lo que no calcula

  • Contar los meses hasta los 67. Si sigues cotizando y llegas a 38 años y 6 meses antes de los 67, tu referencia es esa edad, no los 67: adelantas menos meses y pierdes menos.
  • Pensar que la reducción se acaba a la edad ordinaria. Es para toda la vida de la pensión, aunque se revalorice cada año.
  • Contar las pagas extra o todo el servicio militar. Para los 35 años de la voluntaria y los 33 de la involuntaria solo vale la cotización efectiva, sin la parte de las pagas extra, y la mili o la prestación social, hasta 1 año.
  • No calcula la jubilación parcial, la demorada ni la flexible; las edades rebajadas de bomberos, policías, mineros, trabajadores del mar y otros colectivos con coeficientes reductores de la edad; la anticipada por discapacidad; ni las reglas de los mutualistas cotizantes antes de 1967.
  • Tampoco la voluntaria cobrando el subsidio por desempleo al menos 3 meses, que usa los coeficientes de la involuntaria (art. 208.3); los ceses anteriores a 2022 que conservan las reglas antiguas (disposición transitoria 34ª.3); ni los años a tiempo parcial o fijo discontinuo, que cuentan distinto.

¿Solo quieres saber a qué edad te jubilas y con qué porcentaje? Usa la calculadora cuándo me jubilo. Y para pasar la pensión de bruta a neta, la de pensión neta.

Normas

Coeficientes verificados el 2026-10-19; edad de jubilación, el 2026-10-06; pensiones de 2026, el 2026-10-14.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto pierdo si me jubilo a los 63 con 40 años cotizados?

Con 40 años cotizados tu edad ordinaria es 65, así que a los 63 adelantas 24 meses. En la voluntaria la pensión se reduce un 19 % y en la involuntaria, por despido, un 14 %. Con 40 años ya tienes el 100 % de la base reguladora: con una base de 2.000 € cobrarías 1.620 € al mes en la voluntaria y 1.720 € en la involuntaria, en 14 pagas. La reducción es para siempre.

¿Cuánto pierdo si me jubilo a los 64?

Si a los 64 llevas 38 años y 6 meses cotizados o más, adelantas 12 meses y la voluntaria te reduce la pensión un 5,25 % (hasta 41 años y 5 meses cotizados), un 5 % (hasta 44 años y 5 meses) o un 4,75 % (con más). Con menos de 38 años y 6 meses, desde 2027 la voluntaria no se puede coger hasta los 65, y a los 64 solo cabe la involuntaria: con 38 años cotizados, un 5,50 %; con 37, un 8,80 %, porque tu edad ordinaria sería 65 años y 6 meses.

¿Cuáles son los coeficientes reductores de la jubilación anticipada voluntaria en 2027?

Los mismos que desde 2022, los del art. 208.2 de la LGSS: dependen de los meses que adelantas y de tus años cotizados. Con 24 meses, el máximo, un 21 % con menos de 38 años y 6 meses cotizados, un 19 % hasta 41 años y 5 meses, un 17 % hasta 44 años y 5 meses y un 13 % con más. Con 12 meses, del 5,50 % al 4,75 %, y con un solo mes, del 3,26 % al 2,81 %: el primer mes es el que más pesa.

¿Qué requisitos tiene la jubilación anticipada involuntaria?

Que el cese sea involuntario (despido colectivo u objetivo, muerte, jubilación o incapacidad del empresario o extinción de la empresa, entre otros) y que trabajaras por cuenta ajena, llevar 6 meses inscrito como demandante de empleo y tener 33 años de cotización efectiva. Se puede adelantar hasta 4 años: en 2027, desde los 61 con 38 años y 6 meses cotizados y desde los 63 con menos. La pensión se reduce entre un 0,50 % y un 30 % según los meses de adelanto y tus años cotizados.

¿Cómo afecta la pensión máxima a la jubilación anticipada?

Si tu base reguladora por el porcentaje de tus años cotizados pasa de la pensión máxima (3.359,60 € al mes en 2026), la reducción se aplica sobre la máxima. En la voluntaria, hasta 2033, con una tabla más suave: con 24 meses de adelanto y menos de 38 años y 6 meses cotizados, un 9,10 % en 2026 (3.053,88 €) y un 10,80 % en 2027 (2.996,76 €). En la involuntaria, la pensión no puede pasar de la máxima menos un 0,50 % por trimestre: con 48 meses, 3.090,83 €.

¿Puedo jubilarme anticipadamente si mi pensión va a ser baja?

En la voluntaria, solo si la pensión que te queda supera la mínima que te correspondería a los 65 años: en 2026, 936,20 € al mes sin cónyuge, 1.256,60 € con cónyuge a cargo y 888,70 € con cónyuge no a cargo, en 14 pagas (art. 208.1.c de la LGSS). La involuntaria no tiene ese requisito y, si te queda por debajo de la mínima, puedes cobrar el complemento a mínimos según tus ingresos.

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