¿Cuánto pierdo si me jubilo a los 63?

Desde 2027, a los 63 años puedes coger la voluntaria con 38 años y 6 meses cotizados o más, perdiendo del 13 % al 19 %, y la involuntaria con 33 años cotizados o más, perdiendo del 12 % al 30 %. Lo que pierdes depende de cuántos meses te falten para tu edad ordinaria y de tus años cotizados.

Jubilarse a los 63 en 2027 o después
Voluntariacon 38 años y 6 meses o más: −13 % a −19 %
Involuntariacon 33 años o más: −12 % a −30 %
Edad ordinaria con 38 años y 6 meses cotizados65 años; con menos, 67 años
Edad mínima de la voluntaria63 años o 65 años
Edad mínima de la involuntaria61 años o 63 años

Para tu fecha exacta, con tus años y tu base reguladora, usa la calculadora de jubilación anticipada.

A los 63, la edad más buscada

Es la primera edad a la que se puede elegir la anticipada sin que te despidan: la voluntaria permite adelantar dos años desde los 65, pero solo si llegas a los 63 con los años cotizados de la tabla. Con menos, tu referencia son los 67 y la voluntaria no empieza hasta los 65, aunque siguiendo cotizando fueras a llegar a esos años antes.

La involuntaria, en cambio, admite a los 63 a casi todo el mundo con 33 años cotizados. Ahí es donde más se nota la regla de la edad «de haber seguido cotizando»: con la misma edad, quien está cerca de los años de la tabla adelanta muchos menos meses que quien está lejos, y pierde mucho menos.

A los 63, según tus años cotizados

Si te jubilas el día que cumples 63 años, en 2027 o después. La edad ordinaria es la que tendrías si siguieras cotizando hasta ella, que es la que usa la ley para contar los meses de adelanto (arts. 207.2 y 208.2 de la LGSS).

Cotizados a los 63Edad ordinariaMeses de adelantoVoluntariaInvoluntaria
33 años 67 años 48 no: pide 35 años cotizados−30 %
35 años 66 años y 6 meses 42 no: desde los 65 años−26,25 %
36 años 65 años y 6 meses 30 no: desde los 65 años−18,75 %
37 años 65 años 24 no: desde los 65 años−15 %
38 años 65 años 24 no: desde los 65 años−15 %
38 años y 5 meses 65 años 24 no: desde los 65 años−15 %
38 años y 6 meses 65 años 24 −19 %−14 %
40 años 65 años 24 −19 %−14 %
41 años y 6 meses 65 años 24 −17 %−13 %
44 años y 6 meses 65 años 24 −13 %−12 %

La involuntaria pide además un despido o cese no voluntario de los que recoge la ley y 6 meses inscrito como demandante de empleo. Cuenta la cotización efectiva, sin la parte de las pagas extra.

Por qué a los 63 sale así

Ejemplos en euros

Pensión máxima de 2026 (Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo); la de años posteriores sube con la revalorización. La reducción no desaparece al cumplir la edad ordinaria.

¿Y si esperas un año más?

Lo que perderías a los 63 y lo que perderías a los 64, con un año más cotizado:

Cotizados a los 63A los 63A los 64
38 años voluntaria no: desde los 65 años; involuntaria −15 % voluntaria −5,25 %; involuntaria −5,25 %
38 años y 6 meses voluntaria −19 %; involuntaria −14 % voluntaria −5,25 %; involuntaria −5,25 %
40 años voluntaria −19 %; involuntaria −14 % voluntaria −5,25 %; involuntaria −5,25 %
41 años y 6 meses voluntaria −17 %; involuntaria −13 % voluntaria −5 %; involuntaria −5 %

Cada año que esperas suma además cotización, que puede subir el porcentaje de tu base reguladora si todavía no llegas al 100 %. Y la reducción es para toda la vida: un punto menos de recorte en una pensión de 1.800 € son 18 € en cada paga, 252 € al año.

Para tener 38 años y 6 meses cotizados a los 63 sin huecos hay que haber empezado a cotizar antes de cumplir 24 años y 6 meses; para los 35 años de la voluntaria, antes de los 28 años. Los periodos sin cotizar (paro sin prestación, excedencias, estudios) retrasan esas cuentas.

Requisitos a los 63 en 2026 y en 2027

En 2026 la tabla todavía pide 38 años y 3 meses cotizados para la edad de 65 años y 66 años y 10 meses a quien tiene menos; desde 2027, 38 años y 6 meses y 67 años (disposición transitoria séptima de la LGSS). Los coeficientes de reducción son los mismos los dos años. Si te jubilas en 2026, tu edad ordinaria de referencia puede caer ya en 2027 o después y depende del mes en que naciste: para tu caso, usa la calculadora.

Fuentes: Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS): arts. 207.2, 208.2 y 208.3, 210.3 (redacción del Real Decreto-ley 11/2024) y 210.4, y disposición transitoria trigésima cuarta, en la redacción de la Ley 21/2021; la edad ordinaria y el porcentaje por años cotizados, de las disposiciones transitorias séptima y novena (texto consolidado en el BOE). Verificado el 2026-10-19.

Lo que esta página no tiene en cuenta

Otras edades

Para tu fecha exacta y la pensión en euros, usa la calculadora de jubilación anticipada. Para saber tu edad ordinaria y tu porcentaje, la de cuándo me jubilo.