¿Cuánto pierdo si me jubilo a los 64?
Desde 2027, a los 64 años puedes coger la voluntaria con 38 años y 6 meses cotizados o más, perdiendo del 4,75 % al 5,25 %, y la involuntaria con 33 años cotizados o más, perdiendo del 4,75 % al 22,5 %. Lo que pierdes depende de cuántos meses te falten para tu edad ordinaria y de tus años cotizados.
Para tu fecha exacta, con tus años y tu base reguladora, usa la calculadora de jubilación anticipada.
A los 64, un año antes
Con una carrera larga, jubilarse a los 64 cuesta poco: son 12 meses de adelanto y la voluntaria se queda alrededor de un 5 %. Pero la tabla de la voluntaria carga mucho en los primeros meses: un solo mes ya cuesta cerca de un 3 %, así que adelantar un año no cuesta doce veces más que adelantar un mes.
Sin los años cotizados de la tabla, a los 64 no hay voluntaria: solo la involuntaria, y el recorte depende de cuándo llegarías a esos años si siguieras cotizando. Si te faltan pocos meses, puede salir a cuenta esperar a tenerlos.
A los 64, según tus años cotizados
Si te jubilas el día que cumples 64 años, en 2027 o después. La edad ordinaria es la que tendrías si siguieras cotizando hasta ella, que es la que usa la ley para contar los meses de adelanto (arts. 207.2 y 208.2 de la LGSS).
| Cotizados a los 64 | Edad ordinaria | Meses de adelanto | Voluntaria | Involuntaria |
|---|---|---|---|---|
| 33 años | 67 años | 36 | no: pide 35 años cotizados | −22,5 % |
| 35 años | 67 años | 36 | no: desde los 65 años | −22,5 % |
| 36 años | 66 años y 6 meses | 30 | no: desde los 65 años | −18,75 % |
| 37 años | 65 años y 6 meses | 18 | no: desde los 65 años | −8,8 % |
| 38 años | 65 años | 12 | no: desde los 65 años | −5,5 % |
| 38 años y 5 meses | 65 años | 12 | no: desde los 65 años | −5,5 % |
| 38 años y 6 meses | 65 años | 12 | −5,25 % | −5,25 % |
| 40 años | 65 años | 12 | −5,25 % | −5,25 % |
| 41 años y 6 meses | 65 años | 12 | −5 % | −5 % |
| 44 años y 6 meses | 65 años | 12 | −4,75 % | −4,75 % |
La involuntaria pide además un despido o cese no voluntario de los que recoge la ley y 6 meses inscrito como demandante de empleo. Cuenta la cotización efectiva, sin la parte de las pagas extra.
Por qué a los 64 sale así
- Voluntaria solo con 38 años y 6 meses cotizados. Sin ellos tu edad ordinaria de referencia es 67 años y la voluntaria no empieza hasta los 65 años, aunque siguiendo cotizando fueras a llegar a 38 años y 6 meses antes. Con ellos adelantas 12 meses.
- Involuntaria desde 33 años cotizados, pero los meses de adelanto cambian mucho: 36, 30, 18, 12. Quien está cerca de 38 años y 6 meses llegaría pronto a ellos siguiendo cotizando, así que su edad de referencia baja hacia los 65 años y adelanta menos meses.
- Un mes cambia mucho. Con 38 años y 5 meses: voluntaria no: desde los 65 años, involuntaria −5,5 %. Con 38 años y 6 meses: voluntaria −5,25 %, involuntaria −5,25 %. Si te falta poco, mira en tu vida laboral cuándo llegas.
Ejemplos en euros
- Voluntaria con 38 años y 6 meses cotizados y 1.800,00 € de base reguladora: adelantas 12 meses y la pensión se reduce un 5,25 %. Con el 100 % por tus años cotizados serían 1.800,00 €; te quedan 1.705,50 € al mes, 94,50 € menos en cada una de las 14 pagas (1.323,00 € al año).
- Involuntaria con 38 años y 6 meses cotizados y 1.800,00 € de base reguladora: adelantas 12 meses y la pensión se reduce un 5,25 %. Con el 100 % por tus años cotizados serían 1.800,00 €; te quedan 1.705,50 € al mes, 94,50 € menos en cada una de las 14 pagas (1.323,00 € al año).
- Con una base de 4.000,00 € pasas de la pensión máxima (3.359,60 € en 2026), y en la voluntaria la reducción se aplica sobre la máxima con la tabla de la disposición transitoria 34ª: un 2,98 % en 2026 (3.259,48 €) y un 3,3 % en 2027 (3.248,73 €), frente al 5,25 % de la tabla general (3.183,22 €). La tabla sube cada año hasta igualarse con la general en 2033.
Pensión máxima de 2026 (Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo); la de años posteriores sube con la revalorización. La reducción no desaparece al cumplir la edad ordinaria.
¿Y si esperas un año más?
Lo que perderías a los 64 y lo que perderías a los 65 (o nada, si para entonces ya es tu edad ordinaria), con un año más cotizado:
| Cotizados a los 64 | A los 64 | A los 65 |
|---|---|---|
| 38 años | voluntaria no: desde los 65 años; involuntaria −5,5 % | ordinaria, sin reducción |
| 38 años y 6 meses | voluntaria −5,25 %; involuntaria −5,25 % | ordinaria, sin reducción |
| 40 años | voluntaria −5,25 %; involuntaria −5,25 % | ordinaria, sin reducción |
| 41 años y 6 meses | voluntaria −5 %; involuntaria −5 % | ordinaria, sin reducción |
Cada año que esperas suma además cotización, que puede subir el porcentaje de tu base reguladora si todavía no llegas al 100 %. Y la reducción es para toda la vida: un punto menos de recorte en una pensión de 1.800 € son 18 € en cada paga, 252 € al año.
Para tener 38 años y 6 meses cotizados a los 64 sin huecos hay que haber empezado a cotizar antes de cumplir 25 años y 6 meses; para los 35 años de la voluntaria, antes de los 29 años. Los periodos sin cotizar (paro sin prestación, excedencias, estudios) retrasan esas cuentas.
Requisitos a los 64 en 2026 y en 2027
- En 2026: voluntaria solo con 38 años y 3 meses cotizados o más (sin ellos, desde los 64 años y 10 meses); involuntaria con 33 años cotizados o más.
- En 2027 y después: voluntaria solo con 38 años y 6 meses cotizados o más (sin ellos, desde los 65 años); involuntaria con 33 años cotizados o más.
En 2026 la tabla todavía pide 38 años y 3 meses cotizados para la edad de 65 años y 66 años y 10 meses a quien tiene menos; desde 2027, 38 años y 6 meses y 67 años (disposición transitoria séptima de la LGSS). Los coeficientes de reducción son los mismos los dos años. Si te jubilas en 2026, tu edad ordinaria de referencia puede caer ya en 2027 o después y depende del mes en que naciste: para tu caso, usa la calculadora.
Fuentes: Real Decreto Legislativo 8/2015 (LGSS): arts. 207.2, 208.2 y 208.3, 210.3 (redacción del Real Decreto-ley 11/2024) y 210.4, y disposición transitoria trigésima cuarta, en la redacción de la Ley 21/2021; la edad ordinaria y el porcentaje por años cotizados, de las disposiciones transitorias séptima y novena (texto consolidado en el BOE). Verificado el 2026-10-19.
Lo que esta página no tiene en cuenta
- La jubilación parcial, la demorada y la flexible, que tienen sus propias reglas.
- Las edades más bajas de colectivos con coeficientes reductores de la edad (bomberos, policías, mineros, trabajadores del mar…) y de las personas con discapacidad, ni las reglas de los mutualistas anteriores a 1967.
- La voluntaria cobrando el subsidio por desempleo al menos 3 meses, que usa la tabla de la involuntaria (art. 208.3), y los ceses anteriores a 2022 que conservan las reglas antiguas.
Otras edades
Para tu fecha exacta y la pensión en euros, usa la calculadora de jubilación anticipada. Para saber tu edad ordinaria y tu porcentaje, la de cuándo me jubilo.