Calculadora de plazos administrativos en días hábiles

Elige el plazo, pon la fecha en que te notificaron y te decimos el último día para presentar, saltando sábados, domingos y festivos según la Ley 39/2015.

Si la notificación es electrónica, la fecha en que la abriste.

Un día festivo en tu comunidad o en la del órgano es inhábil para el plazo (art. 30.6). Un ministerio con sede en Madrid, por ejemplo, también tiene los festivos de Madrid.

Los festivos de tu municipio y los del municipio del órgano no están en el cálculo: si caen dentro del plazo, añádelos aquí.

Los plazos más habituales

TrámitePlazoNorma
Recurso de alzada 1 mes Art. 122.1
Recurso de reposición 1 mes Art. 124.1
Revisión por error de hecho 4 años Art. 125.2
Revisión por documentos o sentencia 3 meses Art. 125.2
Alegaciones el que diga la notificación (10 días hábiles si no hay otro) Arts. 73.1 y 76
Trámite de audiencia de 10 a 15 días hábiles Art. 82.2
Subsanación 10 días hábiles Art. 68.1
Información pública 20 días hábiles como mínimo Art. 83.2

Todos de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. Verificado el 2026-10-07. Si una ley sectorial fija otro plazo, manda esa ley: tu notificación lo indica en el pie de recurso.

Cómo se cuentan los plazos (art. 30)

Agosto sí cuenta

En los procedimientos administrativos agosto es un mes como otro cualquiera: sus días laborables son hábiles y los plazos corren. La idea de que «en agosto no corren los plazos» viene de los juzgados: en el recurso contencioso-administrativo, que se presenta en dos meses, agosto no cuenta salvo para la protección de derechos fundamentales (Ley 29/1998, arts. 46 y 128.2). Esta calculadora no hace plazos judiciales.

Lo que no calcula

Esto no es asesoramiento jurídico. Manda lo que diga tu notificación en el pie de recurso; si tienes dudas sobre un plazo que se te acaba, consulta con un profesional o con el propio órgano.

Cada plazo, explicado

De dónde salen los datos

Reglas y plazos: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (BOE-A-2015-10565), arts. 30, 32, 43, 68, 73, 76, 82, 83 y 121 a 126 · verificado el 2026-10-07
Festivos de 2026: Resolución de 17 de octubre de 2025 (BOE-A-2025-21667) · verificado el 2026-09-18
Contrastado con la Resolución de 18 de noviembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, calendario de días inhábiles de 2026 (BOE-A-2025-23702).

Preguntas frecuentes

¿El plazo de un mes se cuenta en días hábiles?

No. Los plazos en meses van de fecha a fecha: empiezan a correr el día siguiente a la notificación y acaban el mismo número de día en el mes de vencimiento, con los fines de semana dentro. Si ese mes no tiene ese día, acaban el último día del mes, y si el último día es inhábil, pasan al primer día hábil siguiente (art. 30.4 y 30.5 de la Ley 39/2015).

¿Agosto es hábil para los plazos administrativos?

Sí. La Ley 39/2015 solo excluye sábados, domingos y festivos, así que en agosto los plazos administrativos corren con normalidad. Agosto es inhábil en los juzgados: el plazo del recurso contencioso-administrativo no corre en agosto, salvo en la protección de derechos fundamentales (art. 128.2 de la Ley 29/1998).

¿Desde qué día empiezo a contar?

Desde el día siguiente a la notificación o publicación (art. 30.3). Si la notificación es electrónica, cuenta el día en que accediste a su contenido; si no la abres en 10 días naturales desde que se puso a tu disposición, se entiende rechazada (art. 43.2).

¿Qué pasa si el último día cae en sábado o festivo?

Se prorroga al primer día hábil siguiente (art. 30.5). Cuentan como inhábiles los festivos de tu comunidad y los de la comunidad del órgano que tramita el procedimiento: si un día es festivo en cualquiera de las dos, es inhábil (art. 30.6). Los festivos locales también, y esos tienes que añadirlos tú.

¿Cuánto tiempo tengo para un recurso de alzada o de reposición?

Un mes desde el día siguiente a la notificación si el acto es expreso (arts. 122.1 y 124.1). Si no te han contestado, puedes recurrir en cualquier momento desde que se produce el silencio. La alzada es contra actos que no ponen fin a la vía administrativa y la reposición contra los que sí; el pie de recurso de tu notificación dice cuál toca.

¿Cuántos días tengo para alegar o para subsanar?

Para subsanar una solicitud, 10 días hábiles, ampliables hasta 5 más salvo en procesos selectivos o de concurrencia competitiva (art. 68). En el trámite de audiencia, entre 10 y 15 días hábiles (art. 82.2). Para otras alegaciones, los que diga la notificación; si un trámite no tiene plazo propio, el general es de 10 días (art. 73.1).

¿Por qué me avisa de que faltan los festivos de un año?

Porque los festivos de cada año se publican en el BOE en otoño del año anterior y aquí solo están los años ya publicados. Si el plazo llega a un año sin datos, de ese año solo se descuentan sábados y domingos, y el último día real puede ser más tarde. Compruébalo con el calendario oficial de días inhábiles cuando salga.

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