Plazo del recurso de alzada

Un mes contado de fecha a fecha desde el día siguiente a la notificación, si el acto es expreso. Si no te han contestado, no hay plazo: puedes recurrir en cualquier momento.

Recurso de alzada
Plazo1 mes
Cómo se cuentaDe fecha a fecha desde el día siguiente (art. 30.4)
NormaArt. 122.1 de la Ley 39/2015

Es el plazo contra un acto expreso. Si no te han contestado y se ha producido el silencio administrativo, puedes presentar la alzada en cualquier momento desde el día siguiente (art. 122.1).

Calcula el último día con tu fecha

Un ejemplo con los festivos de 2026

Si te notifican el viernes 30 de enero de 2026 y estás en Andalucía, el plazo de 1 mes llega al sábado 28 de febrero de 2026, porque febrero no tiene día 30 y entonces acaba el último día del mes. Ese día es inhábil (sábado, y además Día de Andalucía) y los siguientes también, así que el plazo se prorroga al lunes 2 de marzo de 2026.

Recurso de alzada · 1 mes · Andalucía
Último día del plazolunes 2 de marzo de 2026
Notificación o publicaciónviernes 30 de enero de 2026
Empieza a contarsábado 31 de enero de 2026
Vencería elsábado 28 de febrero de 2026
Inhábil: sábado 28 de febrero de 2026sábado, y además Día de Andalucía
Inhábil: domingo 1 de marzo de 2026domingo

Si te notifican el jueves 14 de mayo de 2026 y estás en la Comunidad de Madrid, el plazo de 1 mes llega al domingo 14 de junio de 2026. Ese día es inhábil (domingo), así que el plazo se prorroga al lunes 15 de junio de 2026.

Recurso de alzada · 1 mes · Comunidad de Madrid
Último día del plazolunes 15 de junio de 2026
Notificación o publicaciónjueves 14 de mayo de 2026
Empieza a contarviernes 15 de mayo de 2026
Vencería eldomingo 14 de junio de 2026
Inhábil: domingo 14 de junio de 2026domingo

Festivos nacionales y autonómicos: Resolución de 17 de octubre de 2025 (BOE-A-2025-21667). No incluye festivos locales.

Qué es el recurso de alzada

Es el recurso contra las resoluciones y actos que no ponen fin a la vía administrativa (art. 121.1 de la Ley 39/2015). Lo resuelve el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, y puedes presentarlo ante cualquiera de los dos: si lo entregas al que lo dictó, este tiene diez días para enviarlo al competente con su informe y el expediente (art. 121.2).

Si dejas pasar el plazo sin recurrir, la resolución queda firme a todos los efectos (art. 122.1). Por eso importa tanto saber el último día.

Cómo se cuenta el mes

Es un plazo en meses, así que no se saltan sábados, domingos ni festivos: se cuenta de fecha a fecha. Empieza el día siguiente a la notificación y termina el mismo número de día en el mes siguiente. Si te notifican el 14 de mayo, el último día es el 14 de junio (art. 30.4).

Dos reglas corrigen el resultado: si el mes de vencimiento no tiene ese día (un 31 en un mes de 30, o un 29, 30 o 31 en febrero), el plazo acaba el último día de ese mes; y si el último día es inhábil, pasa al primer día hábil siguiente (art. 30.5). Inhábil es sábado, domingo o festivo en tu comunidad o en la del órgano que resuelve (art. 30.6).

Qué pasa después

La Administración tiene tres meses para resolver y notificar la alzada. Si no lo hace, puedes entenderla desestimada y acudir al juzgado de lo contencioso-administrativo (art. 122.2). Contra la resolución de la alzada no cabe ningún otro recurso administrativo, salvo el extraordinario de revisión en sus casos concretos (art. 122.3).

Errores frecuentes

Esto no es asesoramiento jurídico. Manda lo que diga tu notificación en el pie de recurso: si una ley sectorial fija otro plazo, se aplica esa ley.

Otros plazos de la Ley 39/2015

Para cualquier otro plazo en días hábiles, naturales, meses o años, usa la calculadora de plazos administrativos.

Fuente: Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565). Verificado el 2026-10-07.