Multas por exceso de velocidad en zona de 80 km/h
Camiones y tramos peligrosos. Lo que cuesta cada exceso con límite de 80, tramo a tramo, según el cuadro de la Ley de Tráfico.
Velocidad corregida con el margen del radar, la que figura en la denuncia. Para una velocidad exacta tienes la calculadora de multas por velocidad.
Dónde está el límite de 80
80 km/h es el límite genérico de los camiones en las carreteras convencionales (art. 48 del Reglamento). Para un turismo aparece por señal, sobre todo antes de cruces, en curvas y en tramos de visibilidad reducida.
Si conduces un camión, recuerda que tu límite en una convencional es 80 aunque los turismos puedan ir a 90: en esta calculadora tienes que elegir el límite que te aplicaba a ti, no el de la señal general.
Para un turismo, el error típico es tomar el 80 antes de una curva como una recomendación. Es un límite como cualquier otro, y el radar mide contra él.
Tramo a tramo
Ir a 90, 100 o 110 en zona de 80: 100 €, sin puntos
De 81 a 110 km/h, infracción grave, 50 € con pronto pago. A 111 km/h pasas al siguiente.
Ir a 120 o 130 en zona de 80: 300 €, 2 puntos
De 111 a 130 km/h, infracción grave, 150 € con pronto pago. A 131 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 111, el anterior.
Ir a 140 en zona de 80: 400 €, 4 puntos
De 131 a 140 km/h, infracción grave, 200 € con pronto pago. A 141 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 131, el anterior.
Ir a 150 en zona de 80: 500 €, 6 puntos
De 141 a 150 km/h, infracción grave, 250 € con pronto pago. A 151 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 141, el anterior.
Si la vía fuera urbana, desde 141 km/h esto ya no sería una multa sino delito.
Ir a 160 en zona de 80: 600 €, 6 puntos
Desde 151 km/h, infracción muy grave, 300 € con pronto pago. Por encima ya no hay multa sino delito. Por debajo de 151, el anterior.
Ir a 170 o más en zona de 80: delito
El art. 379.1 del Código Penal castiga superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 en interurbana. Con 80, eso es desde 161 km/h si la vía es interurbana, lo habitual con este límite, y desde 141 si es urbana. Ya no hay multa ni descuento: va al juzgado, con prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir durante más de un año y hasta cuatro.
Pagar con descuento
El pronto pago deja las multas de este límite entre 50 € y 300 €, si pagas en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación (art. 94 de la Ley de Tráfico). Pagar así es renunciar a alegar, y los puntos se pierden igual.
Fuente: anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico), arts. 80 y 94; art. 379.1 del Código Penal (BOE); arts. 48 y 50 del Reglamento General de Circulación. Verificado el 2026-10-06.
Otros límites
Multas en zona de 20, 30, 40, 50, 60, 70, 90, 100, 110, 120 km/h. Para una velocidad exacta, la calculadora de multas por velocidad.