Multas por exceso de velocidad en zona de 110 km/h
Autovías con el límite rebajado. Lo que cuesta cada exceso con límite de 110, tramo a tramo, según el cuadro de la Ley de Tráfico.
Velocidad corregida con el margen del radar, la que figura en la denuncia. Para una velocidad exacta tienes la calculadora de multas por velocidad.
Dónde está el límite de 110
El Reglamento no tiene ningún límite genérico de 110 km/h. Cuando lo ves, es porque el titular de la vía ha rebajado los 120 de una autopista o autovía en un tramo concreto, normalmente por el trazado o por la cercanía de una ciudad.
Como el resto de la autovía suele estar a 120, es un límite fácil de pasar por alto. La señal manda aunque la vía parezca igual que el tramo anterior.
Al terminar el tramo, es la señal de fin de limitación la que te devuelve a 120. Hasta que la veas, sigue valiendo 110.
Tramo a tramo
Ir a 120, 130 o 140 en zona de 110: 100 €, sin puntos
De 111 a 140 km/h, infracción grave, 50 € con pronto pago. A 141 km/h pasas al siguiente.
Ir a 150 o 160 en zona de 110: 300 €, 2 puntos
De 141 a 160 km/h, infracción grave, 150 € con pronto pago. A 161 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 141, el anterior.
Ir a 170 en zona de 110: 400 €, 4 puntos
De 161 a 170 km/h, infracción grave, 200 € con pronto pago. A 171 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 161, el anterior.
Ir a 180 en zona de 110: 500 €, 6 puntos
De 171 a 180 km/h, infracción grave, 250 € con pronto pago. A 181 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 171, el anterior.
Si la vía fuera urbana, desde 171 km/h esto ya no sería una multa sino delito.
Ir a 190 en zona de 110: 600 €, 6 puntos
Desde 181 km/h, infracción muy grave, 300 € con pronto pago. Por encima ya no hay multa sino delito. Por debajo de 181, el anterior.
Ir a 200 o más en zona de 110: delito
El art. 379.1 del Código Penal castiga superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 en interurbana. Con 110, eso es desde 191 km/h si la vía es interurbana, lo habitual con este límite, y desde 171 si es urbana. Ya no hay multa ni descuento: va al juzgado, con prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir durante más de un año y hasta cuatro.
Pagar con descuento
El pronto pago deja las multas de este límite entre 50 € y 300 €, si pagas en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación (art. 94 de la Ley de Tráfico). Pagar así es renunciar a alegar, y los puntos se pierden igual.
Fuente: anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico), arts. 80 y 94; art. 379.1 del Código Penal (BOE); arts. 48 y 50 del Reglamento General de Circulación. Verificado el 2026-10-06.
Otros límites
Multas en zona de 20, 30, 40, 50, 60, 70, 80, 90, 100, 120 km/h. Para una velocidad exacta, la calculadora de multas por velocidad.