Multas por exceso de velocidad en zona de 40 km/h
Un límite que siempre viene por señal. Lo que cuesta cada exceso con límite de 40, tramo a tramo, según el cuadro de la Ley de Tráfico.
Velocidad corregida con el margen del radar, la que figura en la denuncia. Para una velocidad exacta tienes la calculadora de multas por velocidad.
Dónde está el límite de 40
Para un turismo, 40 km/h no es un límite genérico del Reglamento: aparece cuando el ayuntamiento rebaja con señalización específica el límite de una calle, o cuando el titular de una carretera lo marca en un tramo concreto. Si lo ves, es porque alguien ha decidido que ahí hace falta ir más despacio.
Hay un caso en el que 40 es la norma sin señal: los vehículos que transportan mercancías peligrosas no pueden pasar de esa velocidad en vías urbanas y travesías (art. 50). Si conduces uno, tu límite es 40 aunque la calle esté a 50 para los demás.
Como pasa con cualquier límite de señal, lo que cuenta es la señal vigente en el punto donde te midieron, no el límite general de la calle. Si la señal no estaba o no se veía, es algo que puedes alegar antes de pagar.
Tramo a tramo
Ir a 50 o 60 en zona de 40: 100 €, sin puntos
De 41 a 60 km/h, infracción grave, 50 € con pronto pago. A 61 km/h pasas al siguiente.
Ir a 70 en zona de 40: 300 €, 2 puntos
De 61 a 70 km/h, infracción grave, 150 € con pronto pago. A 71 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 61, el anterior.
Ir a 80 en zona de 40: 400 €, 4 puntos
De 71 a 80 km/h, infracción grave, 200 € con pronto pago. A 81 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 71, el anterior.
Ir a 90 en zona de 40: 500 €, 6 puntos
De 81 a 90 km/h, infracción grave, 250 € con pronto pago. A 91 km/h pasas al siguiente. Por debajo de 81, el anterior.
Ir a 100 en zona de 40: 600 €, 6 puntos
Desde 91 km/h, infracción muy grave, 300 € con pronto pago. Por encima ya no hay multa sino delito. Por debajo de 91, el anterior.
Ir a 110 o más en zona de 40: delito
El art. 379.1 del Código Penal castiga superar el límite en más de 60 km/h en vía urbana o en más de 80 en interurbana. Con 40, eso es desde 101 km/h si la vía es urbana, lo habitual con este límite, y desde 121 si es interurbana. Ya no hay multa ni descuento: va al juzgado, con prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir durante más de un año y hasta cuatro.
Pagar con descuento
El pronto pago deja las multas de este límite entre 50 € y 300 €, si pagas en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación (art. 94 de la Ley de Tráfico). Pagar así es renunciar a alegar, y los puntos se pierden igual.
Fuente: anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015 (Ley de Tráfico), arts. 80 y 94; art. 379.1 del Código Penal (BOE); arts. 48 y 50 del Reglamento General de Circulación. Verificado el 2026-10-06.
Otros límites
Multas en zona de 20, 30, 50, 60, 70, 80, 90, 100, 110, 120 km/h. Para una velocidad exacta, la calculadora de multas por velocidad.