¿Qué grado de parentesco es el abuelo de tu cónyuge?

Segundo grado de afinidad, en línea recta ascendente. Para el Estatuto de los Trabajadores cuenta igual que tu propio abuelo: da los mismos días de permiso.

Abuelo o abuela de tu cónyuge
Grado2.º grado de afinidad
ParentescoAfinidad
LíneaRecta ascendente
Esquema: de ti a el abuelo o la abuela de tu cónyuge, 2.º grado de afinidadTúTu cónyugeTu suegroo suegraSu abueloo abuela12

También se llega por otro camino, con el mismo grado:

Esquema del otro camino hasta el abuelo o la abuela de tu cónyugeTúTu padreo madreTu abueloo abuelaSu cónyuge12

Cada línea vertical es una generación y lleva su número: el último número es el grado. La doble línea es un matrimonio, que no cuenta como generación; la discontinua, una relación sin matrimonio.

Calcular otro familiar

Cómo se cuenta, paso a paso

Afinidad: es pariente de sangre de tu cónyuge, y tienes con él o ella el mismo grado que tu cónyuge. Tu cónyuge no cuenta como generación.

  1. Pasas de ti a tu cónyuge: el matrimonio no es una generación y no suma.
  2. Subes de tu cónyuge a tu suegro o suegra: 1 generación.
  3. Subes de tu suegro o suegra a su abuelo o abuela: 2 generaciones.

Total: 2 generaciones, segundo grado por afinidad.

Por el otro camino, hasta su cónyuge:

  1. Subes de ti a tu padre o madre: 1 generación.
  2. Subes de tu padre o madre a tu abuelo o abuela: 2 generaciones.
  3. Pasas de tu abuelo o abuela a su cónyuge: el matrimonio no es una generación y no suma.

Total: 2 generaciones, segundo grado por afinidad.

El Código Civil cuenta así en todas las materias (arts. 915 a 919): una generación es un grado, y en la línea colateral se sube hasta el antepasado común y se baja hasta el pariente.

Qué permisos te da en el trabajo

SituaciónSegún el Estatuto
Fallecimiento
Art. 37.3 b bis
Sí: 2 días laborables (4 con desplazamiento)
Accidente o enfermedad grave, hospitalización u operación con reposo
Art. 37.3 b
Sí: 5 días laborables
Urgencia familiar (fuerza mayor)
Art. 37.9
Sí: Las horas necesarias; se pagan hasta 4 días al año
Su boda
Art. 37.3 a
No: el permiso por matrimonio es solo para quien se casa

Son los mínimos de la ley: tu convenio puede dar más días o cubrir a más familiares. Calcula las fechas exactas, con tus festivos y tu convenio, en la calculadora de permisos retribuidos.

Un ejemplo

La abuela de tu mujer fallece el lunes 16 de noviembre de 2026 en otra ciudad. Trabajas de lunes a sábado en Aragón y vais al entierro.

Fallecimiento · de lunes a sábado · Aragón
Días de permiso4 días laborables
Primer día de permisolunes 16 de noviembre de 2026
Último día de permisojueves 19 de noviembre de 2026
Vuelves al trabajoviernes 20 de noviembre de 2026

Vuelves el viernes 20. Como trabajas también los sábados, si el fallecimiento hubiera sido un sábado, ese mismo día habría sido el primero del permiso.

Abuelo político, de las dos maneras

Abuelo político se llama al abuelo de tu cónyuge, pero también al nuevo cónyuge de tu abuela cuando no es tu abuelo de sangre. Los dos están a dos generaciones de ti por afinidad: segundo grado.

Es línea recta porque tu cónyuge desciende de él: se sube de tu cónyuge a su padre y de ahí al abuelo, sin bajar por ninguna rama.

Una duda que resuelve la ley

Mucha gente da por hecho que la familia política «de segundo nivel» no da permisos. No es así: el permiso por fallecimiento y el de hospitalización llegan hasta el segundo grado «por consanguinidad o afinidad», y el abuelo de tu cónyuge está justo en el límite.

Lo que sí queda fuera es su hermano, el tío abuelo de tu cónyuge, que es de cuarto grado por afinidad.

Preguntas frecuentes

¿Dan días por la muerte del abuelo de mi mujer?

Sí: es pariente tuyo de segundo grado por afinidad, y el Estatuto da 2 días laborables por su fallecimiento, 4 si tienes que desplazarte (art. 37.3 b bis).

¿Y el marido de mi abuela, si no es mi abuelo?

Si está casado con tu abuela, es pariente tuyo de segundo grado por afinidad. Si no se casaron, no hay parentesco.

Otros familiares

Para cualquier otro familiar, usa la calculadora de grado de parentesco, y para los días de permiso con fechas, la de permisos retribuidos.

Fuentes: Código Civil, arts. 915 a 919 (cómputo de grados) y 954; doctrina sobre la afinidad recogida en la STS 1777/2016 (Sala 3.ª) (verificado el 2026-10-14); Estatuto de los Trabajadores, art. 37.3 y 37.9 (redacción del Real Decreto-ley 5/2023, con las letras g del RDL 8/2024 y de la Ley 6/2024) (verificado el 2026-10-14).