¿Cuánto sube el alquiler en julio de 2025?

Si tu contrato de alquiler se cumple en julio de 2025, esto es lo que toca: el índice del INE publicado ese día, la regla que había y cuánto sube un alquiler de 800 €.

Si tu contrato se cumple del 1 al 14
IPC de mayo de 20252 %
IRAV de mayo de 20251,99 %
Reglanormal, sin tope
Si tu contrato se cumple del 15 al 31
IPC de junio de 20252,3 %
IRAV de junio de 20252,1 %
Reglanormal, sin tope

Calcula tu subida con tu contrato

Qué índice toca en julio de 2025

La renta se actualiza con el último índice que el INE haya publicado el día en que se cumple el año de contrato (art. 18.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Hasta el 14 de julio es el de mayo de 2025: IPC del 2 % e IRAV del 1,99 %. El 15 de julio de 2025 el INE publicó el de junio de 2025, que vale desde ese día: IPC del 2,3 % e IRAV del 2,1 %.

El IPC es la tasa de variación anual del índice general de precios; el IRAV, el índice de referencia para los alquileres de vivienda, que sale del menor entre el IPC, el IPC subyacente y una media ajustada. La diferencia entre los dos este mes es de 0,01 puntos. Un mes antes tocaba el dato de abril de 2025: el IPC era del 2,2 % (ahora 0,2 puntos menos) y el IRAV del 2,09 % (ahora 0,1 puntos menos).

El dato de mayo de 2025 es el IPC más bajo de todos los publicados desde noviembre de 2024, cuando empezó el IRAV.

Qué regla se aplica en julio de 2025

Regla normal: sube lo que diga el contrato, con el IRAV como tope en los firmados desde el 26 de mayo de 2023.

Valga lo que valga el índice, un contrato de vivienda sin cláusula de actualización no sube (art. 18.1), y un local u oficina sube lo que diga su contrato, sin topes.

Un ejemplo con 800 €

Dos pisos de 800 € al mes con cláusula de IPC que se actualizan el 1 de julio de 2025. El firmado en 2022 sube un 2 % y pasa a 816,00 €: 16,00 € más al mes y 192,00 € al año. El firmado en 2024 sube un 1,99 % y pasa a 815,92 €: 15,92 € más al mes y 191,04 € al año. La diferencia entre los dos, 0,96 € al año, es el tope del IRAV de los contratos nuevos.

Se cumpleFirmado antes del 26-5-2023, con IPCFirmado desde el 26-5-2023, con IPCCon IRAV
Del 1 al 14 2 % · 816,00 €1,99 % · 815,92 €1,99 % · 815,92 €
Del 15 al 31 2,3 % · 818,40 €2,1 % · 816,80 €2,1 % · 816,80 €

Renta nueva de un alquiler de 800 € al mes, sin pacto nuevo y con la renta por debajo del precio de referencia. Sin cláusula de actualización, se queda en 800 €.

Qué cambió en la norma en julio de 2025

Nada: es un mes con la regla normal del artículo 18 de la LAU, la que había desde que el INE empezó a publicar el IRAV en enero de 2025. Lo único que cambia de un mes a otro es el índice.

Mes anterior: la subida del alquiler en junio de 2025. Mes siguiente: la subida del alquiler en agosto de 2025.

Errores frecuentes

Esto no es asesoramiento jurídico: las reglas salen de la ley y de los decretos citados, pero en 2026 han cambiado varias veces.

Otros meses

Para tu caso concreto (otra renta, un índice distinto, un pacto o un local), usa la calculadora de la actualización del alquiler. Si tienes rentas sin pagar, mira cuándo prescribe un alquiler impagado.

Índices: INE (IPC de mayo de 2025, IRAV). Normas: LAU, texto consolidado del BOE. Verificado el 19/10/2026.