¿Cuánto es la multa por alcoholemia y cuántos puntos quitan?
Pon la tasa que te dio el control, en aire o en sangre, y qué tipo de conductor eres. Te decimos si pasas del límite, la multa, lo que pagas con descuento, los puntos que pierdes y si ya es delito.
La del ticket del etilómetro o la del análisis, tal cual. El etilómetro de la carretera mide en aire, en miligramos por litro.
Profesional es quien conduce un vehículo de mercancías de más de 3.500 kg de masa máxima autorizada, de viajeros de más de nueve plazas, de servicio público, de transporte escolar y de menores, de mercancías peligrosas, de servicio de urgencia o de transportes especiales. Cuenta el vehículo, no tu oficio.
Tabla de multas por alcoholemia
Cada tramo con su multa, lo que pagas con pronto pago y los puntos. Las tasas son «más de»: justo en la cifra de arriba de cada tramo sigues en él. El delito no tiene puntos: lleva retirada del carné de más de 1 y hasta 4 años. Pulsa un tramo para ver su página, con los casos más buscados explicados.
Conductores con más de 2 años de carné
| Tasa | Multa | Puntos |
|---|---|---|
| Hasta 0,25 mg/l hasta 0,5 g/l en sangre |
Sin multa | — |
| Más de 0,25 hasta 0,50 mg/l más de 0,5 hasta 1,0 g/l en sangre |
500 € 250 € con pronto pago | 4 |
| Más de 0,50 hasta 0,60 mg/l más de 1,0 hasta 1,2 g/l en sangre |
1.000 € 500 € con pronto pago | 6 |
| Más de 0,60 mg/l más de 1,2 g/l en sangre |
Delito | — |
Noveles y profesionales
| Tasa | Multa | Puntos |
|---|---|---|
| Hasta 0,15 mg/l hasta 0,3 g/l en sangre |
Sin multa | — |
| Más de 0,15 hasta 0,30 mg/l más de 0,3 hasta 0,6 g/l en sangre |
500 € 250 € con pronto pago | 4 |
| Más de 0,30 hasta 0,60 mg/l más de 0,6 hasta 1,2 g/l en sangre |
1.000 € 500 € con pronto pago | 6 |
| Más de 0,60 mg/l más de 1,2 g/l en sangre |
Delito | — |
Con sanción por alcohol en el año anterior, la multa es de 1.000 € en cualquier tramo; los puntos no cambian. Menores de edad: límite 0 (ver su página). Fuente: art. 20 del Reglamento General de Circulación, arts. 80 y 94 y anexo II de la Ley de Tráfico y art. 379.2 del Código Penal. Verificado el 19/10/2026.
Cómo se calcula
Primero, tu límite. El general es 0,25 mg/l en aire espirado o 0,5 g/l en sangre. Los noveles, durante los 2 años siguientes a sacarse el carné, y quien conduce un vehículo profesional tienen 0,15 mg/l y 0,3 g/l (art. 20 del Reglamento General de Circulación). Pasarlo es una infracción muy grave (art. 77.c de la Ley de Tráfico). Los menores de edad tienen límite 0 (art. 14.1), con una multa propia de 500 € sin puntos mientras no pasen del límite de su tipo.
La multa es de 500 € o de 1.000 €. 500 € es la de cualquier infracción muy grave. Sube a 1.000 € si la tasa supera el doble de la permitida (más de 0,50 para un conductor general, más de 0,30 para noveles y profesionales) o si ya te sancionaron por alcohol en el año inmediatamente anterior (art. 80.2.a de la Ley de Tráfico).
Los puntos salen del anexo II: 4 en el primer tramo y 6 por encima de 0,50 (o de 0,30 si eres novel o profesional). El anexo da las tasas en aire; en sangre la ley usa siempre el doble, así que son 1,0 y 0,6 g/l. La reincidencia sube la multa, no los puntos.
Con pronto pago, la mitad. Pagando en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación hay un 50 % de descuento (art. 94). La ley excluye de ese descuento algunas infracciones muy graves (art. 93.2), pero el alcohol no está entre ellas. Pagar así es renunciar a alegar, y los puntos se pierden igual.
Es delito con más de 0,60 mg/l en aire o de 1,2 g/l en sangre, sea cual sea el conductor (art. 379.2 del Código Penal). Entonces no hay multa de Tráfico: el caso va al juzgado y las penas son prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir de más de un año y hasta cuatro. Con menos tasa también puede ser delito si se demuestra que conducías bajo la influencia del alcohol.
Un ejemplo
Marta lleva seis años con carné y en un control da 0,34 mg/l en las dos pruebas. Pasa del límite de 0,25, pero no llega al doble (0,50): la multa es de 500 €, que se quedan en 250 € si paga en 20 días, y pierde 4 puntos.
Si la hubieran sancionado por alcohol ocho meses antes, la misma tasa le costaría 1.000 € (500 € con pronto pago), y seguiría perdiendo 4 puntos. Y si se hubiera sacado el carné hace un año, su límite sería 0,15: con 0,34 supera el doble, así que serían 1.000 € y 6 puntos.
Cómo se mide la tasa y qué puedes pedir
Dos pruebas con el etilómetro. Si la primera da positivo o hay síntomas claros, el agente hace una segunda con al menos 10 minutos de diferencia (art. 23 del Reglamento General de Circulación). Se hacen con etilómetros oficialmente autorizados, que pasan un control metrológico del Estado (Orden ICT/155/2020, anexo XIII).
El margen de error. Todo etilómetro tiene un error máximo permitido. La DGT indica a sus agentes que no denuncien si, descontando ese margen, la tasa no llega al límite: en su tabla, hasta 0,28 mg/l con límite de 0,25 y hasta 0,18 con límite de 0,15. Por encima, la multa y los puntos se deciden con la cifra del ticket, sin descontar nada (Instrucción 14/S-134 de la DGT, de 9 de julio de 2014). Esa instrucción se escribió con la orden de etilómetros anterior y no hemos encontrado una posterior que la cambie. En el juzgado el margen sí se descuenta: en la STS 788/2023, de 25 de octubre, el Supremo absolvió con dos pruebas de 0,65 porque, con un margen del 7,5 % y redondeando a favor del acusado, quedaban en 0,60.
El contraanálisis. Tienes derecho a contrastar el resultado con un análisis de sangre u otro análogo en un centro sanitario (art. 14.5 de la Ley de Tráfico y art. 23 del Reglamento). Si sale positivo, lo pagas tú; si sale negativo, te devuelven lo que hayas adelantado. Si eliges el análisis, pon aquí su resultado en g/l.
Si te niegas a hacer la prueba
Negarse a la prueba de alcohol cuando te lo pide un agente es delito (art. 383 del Código Penal), con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de más de un año y hasta cuatro. Es más grave que dar positivo con una tasa de multa: la pena es siempre de prisión, y con retirada del carné.
La Ley de Tráfico también lo recoge como infracción muy grave, con 1.000 € y 6 puntos, pero mientras hay causa penal Tráfico suspende su expediente y, si hay condena, lo archiva (art. 85). Además, el agente puede inmovilizar el vehículo tanto si te niegas como si das positivo (art. 104.1.d).
La tasa de 0,2: la reforma caducó con la disolución de las Cortes
Qué era. Una proposición de ley del Grupo Parlamentario Socialista para reducir la tasa máxima de alcohol, publicada en el Boletín de las Cortes el 18 de septiembre de 2026. El Pleno del Congreso la tomó en consideración el 29 de septiembre de 2026, por 173 votos a favor, 168 en contra y 5 abstenciones. Una iniciativa parecida ya había decaído en marzo de 2026 en la Comisión de Interior.
Por qué ya no sigue. El Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el BOE el 6 de octubre de 2026, disolvió el Congreso y el Senado y convocó elecciones para el 29 de noviembre de 2026. Al disolverse el Congreso caducan todos los asuntos pendientes (art. 207 de su Reglamento), y esta proposición caducó con ellos. Para que la tasa de 0,2 vuelva a estar sobre la mesa, alguien tendría que presentarla otra vez en la nueva legislatura, y la tramitación empezaría de cero.
Qué proponía. Bajar el límite a 0,10 mg/l en aire o 0,2 g/l en sangre, con un tramo nuevo: de más de 0,10 a 0,25 mg/l sería infracción grave (la metía en el art. 76 de la Ley de Tráfico), con la multa de las graves del art. 80.1, 200 €, y 2 puntos. Por encima de 0,25, muy grave con 4 puntos, y con más de 0,50, 1.000 € y 6 puntos. Su exposición de motivos hablaba de un límite único para todos los conductores, noveles y profesionales incluidos. No tocaba el Código Penal. Fuente: BOCG, Congreso, serie B, núm. 358-1.
Errores frecuentes y lo que no calcula
- Mezclar aire y sangre. 0,60 en aire no es lo mismo que 0,6 en sangre: para un conductor general, en aire son 1.000 € y 6 puntos; en sangre, 500 € y 4 puntos. Elige bien la unidad.
- Pensar que 0,60 justo es delito. El Código Penal pide más de 0,60. Pero el delito por conducir bajo la influencia no tiene cifra mínima.
- Creer que el límite de profesional va con la persona. Va con el vehículo: un camionero en su coche tiene el general.
- Drogas. Esta calculadora es solo para el alcohol. Conducir con drogas en el organismo es otra infracción, con sus propios puntos.
- Cuántos puntos te quedan. Lo ves en la app miDGT o en la sede electrónica de la DGT. Si te quitan más de los que tienes, pierdes el carné.
Esto no es asesoramiento jurídico: si hay delito o te juegas el carné, habla con un abogado antes de firmar o de pagar.
Cada tramo, explicado
De dónde salen los datos
- Reglamento General de Circulación, arts. 20 a 23
- Ley de Tráfico (RDLeg 6/2015), arts. 14, 77, 80, 85, 93, 94, 104 y anexo II
- Ley 18/2021, que reformó la Ley de Tráfico (anexo II, art. 93 y tasa 0 para menores)
- Código Penal, arts. 47, 379.2 y 383
- Instrucción DGT 14/S-134 (margen del etilómetro, multa y puntos)
- Proposición de Ley 122/000300, caducada (BOCG, Congreso, serie B, núm. 358-1)
- Real Decreto 806/2026, de disolución del Congreso y del Senado
- Reglamento del Congreso, art. 207 (caducidad de los asuntos pendientes)
Textos consolidados del BOE (Ley de Tráfico y Reglamento actualizados a 26/06/2026), instrucciones de la DGT y Boletín de las Cortes. Verificado el 19/10/2026.
Preguntas frecuentes
Para un conductor con más de dos años de carné, 500 euros y 4 puntos: está en el tramo de más de 0,25 hasta 0,50 mg/l en aire. Con pronto pago, en los 20 días naturales siguientes a la notificación, se queda en 250 euros. Un novel o un profesional con 0,30 también paga 500 euros y pierde 4 puntos; con 0,31 ya serían 1.000 euros y 6 puntos.
4 puntos con más de 0,25 y hasta 0,50 mg/l en aire, y 6 con más de 0,50. Para noveles y profesionales, 4 con más de 0,15 y hasta 0,30, y 6 con más de 0,30. Negarse a la prueba también quita 6. Con más de 0,60 es delito: no hay puntos, sino retirada del carné por el juez de más de 1 y hasta 4 años.
Con más de 0,60 mg/l en aire espirado o más de 1,2 g/l en sangre, sea cual sea el conductor (art. 379.2 del Código Penal). También con menos, si se demuestra que conducías bajo la influencia del alcohol. Las penas: prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y siempre retirada del carné de más de 1 y hasta 4 años.
0,15 mg/l en aire espirado y 0,3 g/l en sangre durante los 2 años siguientes a obtener el permiso o la licencia (art. 20 del Reglamento General de Circulación), la misma que la de los profesionales. Si además eres menor de edad, el límite es 0 desde el 21 de marzo de 2022.
No, y ya ni siquiera está en trámite. Era una proposición de ley del PSOE que el Congreso tomó en consideración el 29 de septiembre de 2026, por 173 votos a 168, pero caducó al disolverse las Cortes el 6 de octubre (Real Decreto 806/2026, elecciones el 29 de noviembre). Tendría que volver a presentarse en la nueva legislatura y empezar de cero. Siguen valiendo 0,25 mg/l en aire (0,5 g/l en sangre) y 0,15 para noveles y profesionales.
Sí. El alcohol no está entre las infracciones que la ley excluye del pago reducido (art. 93.2 de la Ley de Tráfico), así que pagando en el acto o en los 20 días naturales siguientes a la notificación te ahorras el 50 %: 250 euros en vez de 500, o 500 en vez de 1.000. Pagar supone renunciar a alegar, y los puntos se pierden igual.