Alcoholemia de más de 0,60: cuándo es delito

Por encima de 0,60 mg/l en aire o de 1,2 g/l en sangre ya no hay multa de Tráfico: es delito para cualquier conductor, sea novel, profesional o con muchos años de carné.

Tramos para un conductor con más de 2 años de carné
Más de 0,25 hasta 0,50 mg/l (0,5 a 1,0 g/l en sangre)500 € y 4 puntos
Más de 0,50 hasta 0,60 mg/l (1,0 a 1,2 g/l en sangre)1.000 € y 6 puntos
Más de 0,60 mg/l (más de 1,2 g/l en sangre)delito

Tasas en aire espirado, la del ticket del etilómetro. Con sanción por alcohol en el año anterior, la multa es de 1.000 € en cualquier tramo. Para tu caso exacto, en aire o en sangre, usa la calculadora de la multa por alcoholemia.

Caso a caso

Alcoholemia de 0,65: delito

Con 0,65 mg/l en aire (equivale a 1,3 g/l en sangre) se pasa de 0,60, así que es delito del art. 379.2 del Código Penal para cualquier conductor.

Pero está muy cerca del límite y en el juzgado se descuenta el margen del etilómetro: en la STS 788/2023, de 25 de octubre, el Supremo absolvió con 0,65, porque con un margen del 7,5 % y redondeando a favor del acusado quedaba en 0,60. Si no hay delito, la multa sería de 1.000 € y 6 puntos.

Alcoholemia de 0,70: delito

Con 0,70 mg/l en aire (equivale a 1,4 g/l en sangre) se pasa de 0,60, así que es delito del art. 379.2 del Código Penal para cualquier conductor.

Aun descontando un margen del 7,5 % como en la STS 788/2023, de 25 de octubre, quedaría en 0,64: sigue pasando de 0,60. Las penas: prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir de más de un año y hasta cuatro.

Alcoholemia de 0,80: delito

Con 0,80 mg/l en aire (equivale a 1,6 g/l en sangre) se pasa de 0,60, así que es delito del art. 379.2 del Código Penal para cualquier conductor.

Aun descontando un margen del 7,5 % como en la STS 788/2023, de 25 de octubre, quedaría en 0,74: sigue pasando de 0,60. Las penas: prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir de más de un año y hasta cuatro.

Alcoholemia de 1,00: delito

Con 1,00 mg/l en aire (equivale a 2,0 g/l en sangre) se pasa de 0,60, así que es delito del art. 379.2 del Código Penal para cualquier conductor.

Aun descontando un margen del 7,5 % como en la STS 788/2023, de 25 de octubre, quedaría en 0,92: sigue pasando de 0,60. Las penas: prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en cualquier caso privación del derecho a conducir de más de un año y hasta cuatro.

Qué penas tiene

El art. 379.2 del Código Penal castiga con prisión de tres a seis meses, o multa de seis a doce meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Una de las tres, a elección del juez. Y siempre, además, la retirada del carné por más de un año y hasta cuatro.

Si la retirada pasa de dos años, el permiso pierde su vigencia (art. 47.3 del Código Penal): al cumplirla no lo recuperas sin más, tienes que volver a obtenerlo. La multa penal no es una cantidad fija: se pone en meses de multa con una cuota diaria según tu situación económica (art. 50 del Código Penal).

El margen de error también cuenta en el juzgado

Que el ticket diga 0,61 o 0,63 no significa que haya delito. Los tribunales descuentan el margen de error del etilómetro antes de comparar con 0,60. En la STS 788/2023, de 25 de octubre, el Supremo absolvió a un conductor con dos pruebas de 0,65: con el margen del 7,5 % que había aplicado la Audiencia y redondeando a su favor, la tasa quedaba en 0,60, que no es superior a 0,60.

Si el delito no se confirma, Tráfico puede seguir con la multa administrativa (art. 85 de la Ley de Tráfico): con más de 0,50, 1.000 euros y 6 puntos.

Mientras tanto, no hay multa de Tráfico

Cuando hay indicios de delito, Tráfico pasa el caso al juzgado y suspende su expediente. Si hay condena, la multa administrativa se archiva: no te castigan dos veces por lo mismo. Por eso aquí no hay pronto pago ni puntos del anexo II; lo que pierdes es el carné durante el tiempo que diga la sentencia.

Negarte a soplar no mejora las cosas: es otro delito (art. 383), con prisión de seis meses a un año y la misma retirada del carné de más de uno a cuatro años.

Otros tramos

Para cualquier otra tasa, en aire o en sangre, la calculadora de la multa por alcoholemia. La bajada a 0,2 g/l de la que se habla no está en vigor: la proposición de ley caducó al disolverse las Cortes en octubre de 2026 y tendría que volver a presentarse en la nueva legislatura.

También te puede servir: multa por exceso de velocidad y cuándo prescribe una deuda o una multa.

Fuente: art. 20 del Reglamento General de Circulación; arts. 14, 80, 93 y 94 y anexo II de la Ley de Tráfico; arts. 379.2 y 383 del Código Penal (BOE); Instrucción 14/S-134 de la DGT, de 9 de julio de 2014. Verificado el 19/10/2026. Esto no es asesoramiento jurídico.