¿Hay que homologar un snorkel? Requisitos y papeles
Sí, es reforma: CR 2.1. El snorkel no se legaliza como accesorio exterior, sino como reforma del sistema de admisión del motor: la ficha 2.1 lo pone como ejemplo junto al turbo y el intercooler.
La ficha 2.1 (sistema de admisión) cita expresamente la toma elevada de admisión (snorkel). Pide informe de conformidad y certificado del taller, sin proyecto técnico. (págs. 25, 26)
Si la reforma cambia la potencia máxima, se tramita además el CR 2.9.
Qué es cada papel que te piden
- Informe de conformidad: Lo emite un servicio técnico de reformas o el fabricante, y justifica que el vehículo reformado sigue cumpliendo la normativa que le afecta.
- Certificado del taller: El taller que hace el montaje certifica qué ha instalado y que lo ha hecho bien, según el modelo del anexo III del RD 866/2010.
Qué mira la ITV
Los actos reglamentarios de la ficha 2.1 son de nivel sonoro, emisiones y humos, y en turismos también de salientes exteriores y campo de visión delantera: un snorkel que tapa parte del parabrisas o tiene aristas lo tiene difícil. En la inspección se revisan la carrocería, las emisiones y el motor.
El art. 8.1 del RD 866/2010 obliga a presentar el vehículo reformado a inspección técnica "en el plazo máximo de quince días", con la documentación que fija el manual. Si la inspección es favorable, la ITV anota la reforma en la tarjeta. Comunica el cambio a tu aseguradora: la ley obliga a avisar de lo que agrave el riesgo declarado (Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, art. 11). Circular sin legalizarla es incumplir las condiciones técnicas del vehículo, una infracción grave de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015, art. 76.o).
La estación comprueba que lo montado corresponde a los papeles y revisa los apartados que marca la ficha. Si la documentación no se corresponde con lo que ve, el expediente se para hasta que se aclare, y no puedes llevarlo a otra estación sin autorización.
De qué se compone lo que pagas
En el snorkel pagas el informe de conformidad, el certificado del taller y la inspección en la ITV. No hay proyecto técnico.
No hay una tarifa oficial común: cada ingeniería, servicio técnico y taller pone su precio, y la tarifa de la inspección en la ITV varía según la comunidad autónoma y la estación. Por eso aquí no damos cifras; pide presupuesto con la lista de papeles en la mano.
Errores frecuentes
- Tramitarlo como elemento exterior (CR 8.52). Tiene su ficha propia en el grupo de unidad motriz.
- Montar un snorkel que tapa parte del parabrisas o sobresale con aristas: el campo de visión delantera y los salientes exteriores entran en el informe.
- Comprarlo sin documentación del fabricante, que es lo que usa el informe de conformidad.
Si es una autocaravana
En un vehículo ya homologado como autocaravana, la reforma se tramita por el CR 8.70 y cambian algunos papeles.
En una autocaravana, la modificación se tramita por el CR 8.70 mientras siga siendo autocaravana, con los actos reglamentarios del CR 2.1. La ficha 8.70 solo pide proyecto técnico y certificado final de obra si el cambio afecta al acondicionamiento interior. (págs. 25, 26, 177, 178, 179)
Reformas relacionadas
Para cualquier otra reforma, con tu vehículo y tus respuestas, usa la calculadora de reformas, que tiene además el índice completo.
Fuente: Manual de Reformas de Vehículos, revisión 7ª, corrección 2ª (enero de 2026, en vigor desde el 6 de febrero de 2026), págs. 25, 26, 177, 178, 179 del PDF, publicado en la página de homologación de vehículos del Ministerio de Industria, y Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. La decisión final en cada caso es de la estación ITV. Verificado el 2026-10-06.