¿Hay que homologar discos perforados? Requisitos
Depende del caso: a veces no es reforma y, cuando lo es, se tramita por el CR 7.1. El manual no habla de discos perforados ni rayados: habla de modificar las características del sistema de frenos. Por eso la pregunta útil no es si el disco tiene agujeros, sino si cambia algo respecto al original: diámetro, grosor, pinza, número de pistones, bomba. Si cambia, es el CR 7.1.
El manual no nombra los discos perforados. Un recambio con las mismas medidas no modifica las características del sistema de frenado, y el preámbulo dice que lo que no cambia las características ni afecta a ningún acto reglamentario no debe considerarse reforma. (págs. 3, 108)
Modificar las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes es el CR 7.1, que pide proyecto técnico, certificado final de obra, informe de conformidad y certificado del taller. (págs. 108, 109)
Cuándo no hace falta el proyecto técnico (en los casos de arriba que lo piden): Si la reforma está amparada por un conjunto funcional autorizado por la Autoridad de homologación, no hace falta proyecto técnico ni certificado final de obra: se presentan copia de la resolución, el informe de conformidad según el anexo II y el certificado del taller. Si el vehículo reformado corresponde a un tipo homologado, el manual permite hacer la reforma sin proyecto técnico (y, sin proyecto, sin certificado final de obra). (págs. 6, 11; apartado de conjunto funcional de la ficha del CR 7.1)
En vehículos con ESC de serie, la reforma de frenos solo es posible si se puede reprogramar el ESC de forma adecuada (ficha 7.1).
Qué es cada papel que te piden
- Proyecto técnico: Un estudio firmado por un ingeniero (técnico competente) que describe la reforma, el vehículo antes y después, los cálculos y los planos.
- Certificado final de obra: El mismo técnico certifica, con fotos, que la reforma se ha hecho como dice el proyecto. Va siempre junto al proyecto.
- Informe de conformidad: Lo emite un servicio técnico de reformas o el fabricante, y justifica que el vehículo reformado sigue cumpliendo la normativa que le afecta.
- Certificado del taller: El taller que hace el montaje certifica qué ha instalado y que lo ha hecho bien, según el modelo del anexo III del RD 866/2010.
Qué mira la ITV
El informe del CR 7.1 justifica el frenado, los mecanismos de dirección y la compatibilidad electromagnética, y en turismos el acondicionamiento interior. En la inspección se revisan los frenos, la dirección, el alumbrado y el interior.
El art. 8.1 del RD 866/2010 obliga a presentar el vehículo reformado a inspección técnica "en el plazo máximo de quince días", con la documentación que fija el manual. Si la inspección es favorable, la ITV anota la reforma en la tarjeta. Comunica el cambio a tu aseguradora: la ley obliga a avisar de lo que agrave el riesgo declarado (Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, art. 11). Circular sin legalizarla es incumplir las condiciones técnicas del vehículo, una infracción grave de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015, art. 76.o).
La estación comprueba que lo montado corresponde a los papeles y revisa los apartados que marca la ficha. Si la documentación no se corresponde con lo que ve, el expediente se para hasta que se aclare, y no puedes llevarlo a otra estación sin autorización.
Cuando no es reforma no hay nada que tramitar, pero la pieza tiene que estar bien montada: en la ITV periódica se revisa igual que el resto del vehículo.
De qué se compone lo que pagas
Con un recambio de las mismas medidas no hay coste de homologación. Si cambias las características, pagas el informe de conformidad, el certificado del taller y la inspección en la ITV, más el proyecto técnico y su certificado final de obra salvo conjunto funcional o tipo homologado.
No hay una tarifa oficial común: cada ingeniería, servicio técnico y taller pone su precio, y la tarifa de la inspección en la ITV varía según la comunidad autónoma y la estación. Por eso aquí no damos cifras; pide presupuesto con la lista de papeles en la mano.
Errores frecuentes
- Comprar un "kit big brake" pensando que es un recambio. Discos de más diámetro con otras pinzas son el CR 7.1, con proyecto técnico salvo que el kit sea un conjunto funcional autorizado o el coche quede igual que un tipo homologado.
- Montar discos perforados de otra medida porque "son los del modelo deportivo". Si no son los de tu versión, cambian las características.
- En coches con ESC, no comprobar antes que el sistema admite la reprogramación que pida el cambio.
Si es una autocaravana
En un vehículo ya homologado como autocaravana, la reforma se tramita por el CR 8.70 y cambian algunos papeles. Los casos de arriba que no son reforma, o que no se pueden legalizar, valen igual.
En una autocaravana, la modificación se tramita por el CR 8.70 mientras siga siendo autocaravana, con los actos reglamentarios del CR 7.1. La ficha del CR 7.1 pide proyecto técnico en este caso, y el CR 8.70 "se aplicará además a cualquier modificación" (pág. 179): no sustituye a la ficha afectada, así que el proyecto se mantiene. (págs. 108, 109, 177, 178, 179)
Reformas relacionadas
Para cualquier otra reforma, con tu vehículo y tus respuestas, usa la calculadora de reformas, que tiene además el índice completo.
Fuente: Manual de Reformas de Vehículos, revisión 7ª, corrección 2ª (enero de 2026, en vigor desde el 6 de febrero de 2026), págs. 3, 6, 8, 11, 108, 109, 177, 178, 179 del PDF, publicado en la página de homologación de vehículos del Ministerio de Industria, y Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. La decisión final en cada caso es de la estación ITV. Verificado el 2026-10-06.