¿Hay que homologar un escape? Cuándo es reforma

Depende del caso: a veces no es reforma y, cuando lo es, se tramita por el CR 2.6. El escape es de las reformas más sencillas en papeles: no pide proyecto técnico. La clave está en las piezas. Un silencioso o un catalizador de recambio que cumplen sus directivas se cambian sin reforma; casi todo lo demás pasa por el CR 2.6.

Cambio: Un silencioso de recambio que cumple la Directiva 96/20/CE o un catalizador de recambio que cumple la Directiva 98/77/CE
¿Es reforma?No es reforma
¿Hay que pasar por la ITV?No hace falta

La ficha 2.6 dice que no es reforma sustituir silenciosos por otros que cumplan la Directiva 96/20/CE ni catalizadores por otros que cumplan la Directiva 98/77/CE. (pág. 39)

Cambio: Solo pongo un embellecedor en el tramo de salida, que no afecta al silencioso trasero o no cambia de forma importante la geometría (de simple a doble salida)
¿Es reforma?No es reforma
¿Hay que pasar por la ITV?No hace falta

La ficha 2.6 dice que no se considera reforma la modificación del tramo de salida para instalar un embellecedor de escape "si no afecta al silencioso trasero o no introduce cambios importantes en la geometría (simple-doble salida)". (págs. 39, 164)

Turismo (M1) o furgoneta (N1). Cambio: Otra cosa: línea o tramo distinto, silenciosos o catalizador sin esas directivas, o un embellecedor que afecta al silencioso trasero y además cambia la geometría
¿Es reforma?Sí, es reforma
Código de reformaCR 2.6
PapelesEl informe de conformidad y el certificado del taller
¿Hay que pasar por la ITV?Sí: inspección de la reforma (plazo máximo de 15 días, RD 866/2010, art. 8.1)

Modificar o sustituir el sistema de escape (disposición, volumen, silenciosos, catalizador o tramo de salida) es el CR 2.6: informe de conformidad y certificado del taller, sin proyecto técnico. Se admite el nivel de emisiones de la fecha de matriculación. (págs. 38, 39)

Si el cambio de escape varía la potencia máxima, hay que tramitar además el CR 2.9.

Compruébalo con tu caso en la calculadora

Qué es cada papel que te piden

Qué mira la ITV

El informe del CR 2.6 justifica el nivel sonoro y las emisiones, y en turismos los salientes exteriores de la salida. En la inspección se revisan la carrocería y el chasis, las emisiones y el motor; se admite el nivel de emisiones de la fecha de matriculación.

El art. 8.1 del RD 866/2010 obliga a presentar el vehículo reformado a inspección técnica "en el plazo máximo de quince días", con la documentación que fija el manual. Si la inspección es favorable, la ITV anota la reforma en la tarjeta. Comunica el cambio a tu aseguradora: la ley obliga a avisar de lo que agrave el riesgo declarado (Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, art. 11). Circular sin legalizarla es incumplir las condiciones técnicas del vehículo, una infracción grave de la Ley de Tráfico (Real Decreto Legislativo 6/2015, art. 76.o).

La estación comprueba que lo montado corresponde a los papeles y revisa los apartados que marca la ficha. Si la documentación no se corresponde con lo que ve, el expediente se para hasta que se aclare, y no puedes llevarlo a otra estación sin autorización.

Cuando no es reforma no hay nada que tramitar, pero la pieza tiene que estar bien montada: en la ITV periódica se revisa igual que el resto del vehículo.

De qué se compone lo que pagas

En el escape no hay proyecto: pagas el informe de conformidad, el certificado del taller que lo monta y la inspección de la reforma en la ITV.

No hay una tarifa oficial común: cada ingeniería, servicio técnico y taller pone su precio, y la tarifa de la inspección en la ITV varía según la comunidad autónoma y la estación. Por eso aquí no damos cifras; pide presupuesto con la lista de papeles en la mano.

Errores frecuentes

Si es una autocaravana

En un vehículo ya homologado como autocaravana, la reforma se tramita por el CR 8.70 y cambian algunos papeles. Los casos de arriba que no son reforma, o que no se pueden legalizar, valen igual.

Autocaravana. Cambio: Otra cosa: línea o tramo distinto, silenciosos o catalizador sin esas directivas, o un embellecedor que afecta al silencioso trasero y además cambia la geometría
¿Es reforma?Sí, es reforma
Código de reformaCR 8.70 (con los actos del CR 2.6)
PapelesEl proyecto técnico y el certificado final de obra (solo si el cambio afecta al interior), el informe de conformidad, el certificado del taller y los certificados de gas y baja tensión si los instalas
¿Hay que pasar por la ITV?Sí: inspección de la reforma (plazo máximo de 15 días, RD 866/2010, art. 8.1)

En una autocaravana, la modificación se tramita por el CR 8.70 mientras siga siendo autocaravana, con los actos reglamentarios del CR 2.6. La ficha 8.70 solo pide proyecto técnico y certificado final de obra si el cambio afecta al acondicionamiento interior. (págs. 38, 39, 177, 178, 179)

Reformas relacionadas

Para cualquier otra reforma, con tu vehículo y tus respuestas, usa la calculadora de reformas, que tiene además el índice completo.

Fuente: Manual de Reformas de Vehículos, revisión 7ª, corrección 2ª (enero de 2026, en vigor desde el 6 de febrero de 2026), págs. 38, 39, 164, 177, 178, 179 del PDF, publicado en la página de homologación de vehículos del Ministerio de Industria, y Real Decreto 866/2010, de 2 de julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos. La decisión final en cada caso es de la estación ITV. Verificado el 2026-10-06.