¿Qué etiqueta tiene un coche diésel de 2001 a 2004?
Un coche diésel matriculado de 2001 a 2004 no tiene etiqueta de la DGT. Así sale de la norma y de las fechas de cada norma Euro; la confirmación oficial la da la DGT por matrícula.
| Matriculado en | Etiqueta | Norma que se presume |
|---|---|---|
| 2001 | Sin etiqueta | Euro 3 |
| 2002 | Sin etiqueta | Euro 3 |
| 2003 | Sin etiqueta | Euro 3 |
| 2004 | Sin etiqueta | Euro 3 |
Para un turismo diésel, la C es para Euro 6 y la B, para Euro 4 o 5. Por debajo no hay etiqueta. Lo dice el anexo II.E del Reglamento General de Vehículos (Real Decreto 2822/1998), en la redacción de la Orden PCI/810/2018, que clasifica por la norma Euro y no por la fecha.
Calcúlalo con el mes exacto y la norma de tu ficha, o consulta tu distintivo por matrícula en la sede de la DGT.
El matiz de estos años
1 de enero de 2001. Desde ese día todos los turismos nuevos que se matriculan tienen que ser Euro 3. Para un coche diésel no cambia nada: sigue sin etiqueta. Los turismos de más de 2.500 kg de masa máxima (algunos todoterrenos y monovolúmenes grandes) tuvieron un año más de plazo, hasta el 31 de diciembre de 2001.
La excepción son los modelos que se homologaron con Euro 4 antes de que se exigiera (a los modelos nuevos, desde el 1 de enero de 2005). Si tu ficha dice Euro 4, le corresponde la B.
Si tu coche es híbrido o funciona con GLP o gas natural, la respuesta cambia: puede llevar la ECO si cumple los criterios de la C. Para esos casos, usa la calculadora.
Puede haber excepciones, como coches importados usados o unidades que se matricularon mucho después de fabricarse. Por eso lo que manda es la norma que figura en la ficha técnica y en el Registro de Vehículos.
Cómo confirmarlo
En la ficha técnica aparece la directiva o el reglamento de emisiones del coche. Con la Directiva 98/69/CE, la letra A es Euro 3 y la B, Euro 4. Si cita el Reglamento (CE) 715/2007, es Euro 5 o Euro 6. Y la respuesta oficial, gratis y al momento, está en la consulta del distintivo ambiental de la DGT, que solo pide la matrícula.
Qué pasa en las zonas de bajas emisiones
La Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética (art. 14.3) obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes y a los territorios insulares, y a los de más de 20.000 que superan los límites de calidad del aire, a tener zonas de bajas emisiones. Cada ayuntamiento decide en su ordenanza qué etiquetas pueden entrar, en qué horario y con qué excepciones, así que lo que puedes hacer depende de tu ciudad.
Sin etiqueta es la clasificación más baja, así que es la primera que se queda fuera cuando una zona de bajas emisiones limita el acceso. Antes de ir a una ciudad que no conoces, mira su ordenanza.