Premio de lotería: cuánto se queda Hacienda
Elige el premio, di cuánto jugaste y si lo compartes. Te decimos qué parte está exenta, cuánto se queda Hacienda y cuánto cobras.
Escribe el premio que corresponde a un décimo o boleto entero, antes de impuestos. El precio solo hace falta para el cálculo por euro jugado y para apuestas de menos de 0,50 €.
Vacío es un décimo entero. 40 € son dos décimos; 5 €, una participación de 5 € de un décimo de 20 €. Si tu participación dice «juega 4 €» aunque te costara 5, escribe 4: el donativo no juega.
Cuánto toca por décimo y cuánto se queda Hacienda
Sorteo Extraordinario de Navidad: martes, 22 de diciembre de 2026
| Premio | Por décimo | Hacienda | Cobras |
|---|---|---|---|
| Primer premio (el Gordo) | 400.000 € | 72.000 € | 328.000 € |
| Segundo premio | 125.000 € | 17.000 € | 108.000 € |
| Tercer premio | 50.000 € | 2.000 € | 48.000 € |
| Cuarto premio | 20.000 € | exento | 20.000 € |
| Quinto premio | 6.000 € | exento | 6.000 € |
| Pedrea | 100 € | exento | 100 € |
| Aproximación al Gordo (número anterior o posterior) | 2.000 € | exento | 2.000 € |
| Aproximación al segundo premio | 1.250 € | exento | 1.250 € |
| Aproximación al tercer premio | 960 € | exento | 960 € |
| Centena (del 1.º, 2.º, 3.º o de un 4.º premio) | 100 € | exento | 100 € |
| Dos últimas cifras (del 1.º, 2.º o 3.º premio) | 100 € | exento | 100 € |
| Reintegro (última cifra del Gordo) | 20 € | exento | 20 € |
Décimo de 20 €. Importes del programa oficial de 2025: Loterías y Apuestas del Estado todavía no ha publicado el de este sorteo. Cuando salga el programa nuevo, conviene comprobarlo.
Sorteo Extraordinario de El Niño: miércoles, 6 de enero de 2027
| Premio | Por décimo | Hacienda | Cobras |
|---|---|---|---|
| Primer premio | 200.000 € | 32.000 € | 168.000 € |
| Segundo premio | 75.000 € | 7.000 € | 68.000 € |
| Tercer premio | 25.000 € | exento | 25.000 € |
| Extracción de 4 cifras | 350 € | exento | 350 € |
| Extracción de 3 cifras | 100 € | exento | 100 € |
| Extracción de 2 cifras | 40 € | exento | 40 € |
| Aproximación al primer premio | 1.200 € | exento | 1.200 € |
| Aproximación al segundo premio | 610 € | exento | 610 € |
| Centena (del 1.º, 2.º o 3.º premio) | 100 € | exento | 100 € |
| Tres últimas cifras (del 1.º o 2.º premio) | 100 € | exento | 100 € |
| Dos últimas cifras del primer premio | 100 € | exento | 100 € |
| Reintegro | 20 € | exento | 20 € |
Décimo de 20 €. Importes del programa oficial de 2025: Loterías y Apuestas del Estado todavía no ha publicado el de este sorteo. Cuando salga el programa nuevo, conviene comprobarlo.
Cada premio tiene su página con el detalle y ejemplos de décimos compartidos:
Cómo se calcula
Los premios de la lotería nacional no tributan en la renta como el resto de ingresos: pagan un gravamen especial regulado en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 35/2006 del IRPF. La regla es sencilla:
- Están exentos los primeros 40.000 € de cada décimo. Un premio de esa cantidad o menos se cobra entero.
- Lo que pasa de esa cantidad paga el 20 %. Gravamen = (premio del décimo − 40.000 €) × 20 %.
- Se mira décimo a décimo. Dos décimos premiados son dos premios, cada uno con su parte exenta.
- Si el décimo es compartido, la parte exenta y la que tributa se reparten según lo que juega cada uno.
- Apuestas de menos de 0,50 €: la parte exenta se reduce en la misma proporción. Con una apuesta de 0,25 €, la exención se queda en la mitad: 20.000 €.
Ejemplo con el Gordo de Navidad: el décimo cobra 400.000 €. Tributan 360.000 €, Hacienda se queda 72.000 € y llegan a tu cuenta 328.000 €.
La cuantía exenta es de 40.000 € desde el 1 de enero de 2020. Antes fue de 2.500 € hasta el 4 de julio de 2018, de 10.000 € desde el 5 de julio de 2018 y de 20.000 € en 2019.
Décimos compartidos y participaciones
Compartir un décimo no cambia lo que paga ese décimo: cambia cómo se reparte. Si cuatro personas juegan un décimo del Gordo a partes iguales, cada una tiene 10.000 € exentos, no 40.000 €, y la retención total es la misma que si lo cobrara una sola persona.
Con las participaciones pasa lo mismo. Una participación de 5 euros de un décimo de 20 € es 25 % del décimo: te toca esa parte del premio y de la exención. Si la participación lleva donativo («juega 4 €, donativo 1 €»), cuenta solo lo que juega.
Para que el reparto valga ante Hacienda, quien cobra el premio en nombre de todos tiene que poder demostrar a Hacienda que lo repartió, con cada ganador identificado y su porcentaje de participación, como explica la Agencia Tributaria.
Quién retiene y si hay que declararlo
La retención la hace quien paga el premio, en el momento del cobro. En la lotería nacional es Loterías y Apuestas del Estado, así que lo que cobras ya llega neto.
No se declara en la renta. Estos premios no se integran en la base imponible del IRPF y, si te aplicaron la retención, no tienes que presentar ninguna otra autoliquidación. Los premios exentos tampoco se declaran.
Premios de otros países de la UE o del EEE. El mismo gravamen se aplica a los premios de loterías de organismos públicos o entidades sin ánimo de lucro de otros Estados de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con fines iguales a los de las españolas. Como nadie te practica allí la retención española, tienes que presentar tú la autoliquidación del gravamen, el modelo 136.
Qué no calcula
- Los sorteos de jueves y sábado ni otros juegos con premios fijos por número: sus importes cambian según el sorteo. Elige «Otro premio» y escribe lo que paga tu décimo o boleto.
- Premios en especie (un coche, un viaje): su base se calcula sobre el valor de mercado con otra fórmula.
- No residentes en España y empresas: los no residentes pueden pedir la devolución que les corresponda por un convenio de doble imposición, y las sociedades incluyen el premio en su Impuesto sobre Sociedades. Aquí se calcula el caso de un residente que tributa por el IRPF.
- Casinos, bingos y apuestas privadas: no pagan este gravamen especial, que solo se aplica a las loterías y apuestas del Estado, de las comunidades autónomas, la ONCE, la Cruz Roja y sus equivalentes europeos.
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, disposición adicional trigésima tercera, y Agencia Tributaria, «Premios del sorteo de la lotería de Navidad» (15 de diciembre de 2025). Premios: programas de Loterías y Apuestas del Estado. Verificado el 2026-10-06.
Preguntas frecuentes
El 20 % de lo que pase de 40.000 euros por décimo. Los primeros 40.000 euros están exentos. Con el Gordo de Navidad, 400.000 euros al décimo, tributan 360.000: Hacienda se queda 72.000 y tú cobras 328.000.
Por décimo. El gravamen se exige de forma independiente por cada décimo, fracción o cupón premiado. Si tienes dos décimos del Gordo, cada uno tiene sus 40.000 euros exentos. Si compartes un décimo, esos 40.000 euros se reparten entre todos en proporción a lo que juega cada uno.
No. El décimo paga lo mismo en total: la parte exenta y la que tributa se reparten según la participación de cada uno. Quien cobra el premio en nombre de todos tiene que poder demostrar a Hacienda el reparto, con cada ganador identificado y su porcentaje, como explica la Agencia Tributaria.
No, si al cobrarlo ya te aplicaron la retención. Estos premios no se integran en la base imponible del IRPF y, con la retención hecha, no hay que presentar ninguna otra autoliquidación. Los premios de 40.000 euros o menos por décimo están exentos y tampoco se declaran.
Quien paga el premio, en el momento del cobro. En la lotería nacional es Loterías y Apuestas del Estado (SELAE), así que el dinero que recibes ya llega neto. No tienes que hacer nada más con Hacienda por ese premio.
Desde el 1 de enero de 2020. Antes la cuantía exenta fue de 2.500 euros, subió a 10.000 en julio de 2018 y a 20.000 en 2019. El tipo del 20 % no ha cambiado.
También paga el gravamen especial si la organiza un organismo público o una entidad sin ánimo de lucro de otro país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con fines iguales a los de las loterías españolas. Si nadie te practicó la retención española, tienes que presentar tú la autoliquidación del gravamen, el modelo 136.